T-309 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Union Temporal Prodesa·Respondent Alcaldia De San Franciso, Putumayo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto no se configura un perjuicio irremediable
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, igualdad.
El actor alega que la Alcaldía accionada vulnero sus derechos fundamentales, debido a que participó en licitación pública para la adjudicación de un contrato cuyo objeto es la construcción del plan maestro de alcantarillado, del casco urbano, del municipio de San Franciso del Departamento del Putumayo, comenta que el comité no fue designado formalmente mediante decreto, y que un miembro de dicho comité tiene un vínculo de consanguinidad en cuarto grado, con la esposa del representante legal del consorcio al cual se le adjudicó el contrato, además dicho consorcio incurrió en varias conductas que desconocen el Pliego de Condiciones como marco normativo que regula las actuaciones de los proponentes y de la entidad que adjudica la licitación, que debieron conducir al rechazo de la oferta presentada.
La Sala encuentra que la acción de tutela en este caso resulta improcedente debido a que el actor no demostró la configuración de un perjuicio irremediable y contaba con otro mecanismo de defensa judicial.
Niega.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 11 de diciembre de 2009 por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy, Putumayo, por las razones expuestas en la parte motiva de este fallo.
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia proferida el 18 de septiembre de 2009, por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Francisco, Putumayo, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. El desacato a lo ordenado en esta providencia, se sancionará de conformidad con lo señalado en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. LÍBRENSE por Secretaría General las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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