C-397 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Luis Carlos Sandoval Navas·Respondent Estatuto Tributario, Numeral 5 Del Articulo 206
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No vulnera el derecho a la igualdad
- Competencia del legislador
- Facultad legislativa siempre que lo haga por iniciativa del Gobierno
- Jurisprudencia constitucional
- Puede conceder exenciones que estime convenientes siempre que no se desconozcan derechos fundamentales
- Competencia para examinar la conveniencia, oportunidad y bondad de los tributos y para apreciar los eventos en los cuales sea admisible su exoneración
- Es competente para establecer exenciones tributarias
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Tienen naturaleza jurídica diversa
- Si bien se encuentran dentro de los supuestos de hecho del estatuto tributario y deben declarar renta, ello no significa que su situación sea comparable
- No es el único principio a tener en cuenta cuando se está en presencia de una exención
- Competencia para expedir normas en materia impositiva sobre exenciones de impuestos nacionales
- No es de por sí inconstitucional siempre que para ello exista una razón válida para el trato diferencial
- Goza de especial protección por parte del Estado
- Importancia
- Es un derecho fundamental que encuentra su sustento en el artículo 48 de la Constitución y en los tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad
- Libertad de configuración legislativa
- Contribución al financiamiento de gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad
- Definición
- Se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad
- Ámbito de referencia de los principios constitucionales tributarios
- Características
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de Inconstitucionalidad en contra del numeral 5º, del artículo 206 del Estatuto Tributario.
El artículo demandado es el siguiente: 5. las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales, hasta el año gravable de 1997.
A partir del 1º de enero de 1998 estarán gravadas solo en la parte del pago mensual que exceda de 1.000 UVTs.
Para el demandante, el aparte acusado desconoce los principios constitucionales a la igualdad frente a las leyes, a la justicia, a la equidad, a la prevalencia del interés general y a la obligación de contribuir a las cargas públicas que recae sobre todos los ciudadanos.
Así como los de proporcionalidad y progresividad que deben regir la tributación.
Para la Corte, la exención prevista en la norma no vulnera el derecho a la igualdad, toda vez que la seguridad social y en particular la protección especial de las pensiones, ha sido considerada como un derecho fundamental.
Además, la situación de los pensionados y los trabajadores asalariados no resulta equiparable puesto que no se encuentran en la misma situación fáctica.
EXEQUIBLE-
What it decided
Holdings on Decreto 624/89. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el numeral 5o del articulo 206 del Estatuto Tributario, por los cargos estudiados en la presente providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.