T-859 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Maria Antonia Arevalo Sierra·Respondent Fiduciaria La Previsora S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en el que se solicita el pago de indemnización por supresión del cargo
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
- Inexistencia de perjuicio irremediable
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Igualdad, debido proceso, trabajo, mínimo vital.
Estando vinculada la accionante a la E.S.E.
Hospital San Juan de Dios de Zipaquirá, desde 1980, en calidad de auxiliar de enfermería mediante contrato de trabajo a término indefinido, le fue incorporado su cargo a la Planta de Personal de la entidad, en el año 2006, bajo la denominación de auxiliar del área de la salud.
En el 2009, la Gobernación de Cundinamarca, previa realización de evaluación de la gestión administrativa de la entidad, ordenó la supresión y consiguiente liquidación de la misma y dispuso la terminación de los vínculos legales, reglamentarios o contractuales de los servidores públicos, según fuera el caso.
Dentro del pago de indemnizaciones, obligaciones y liquidaciones de dicho personal, a la demandante le fue reconocido la suma de $1.535.393 por concepto de prestaciones sociales y liquidación, sin que se incluyera lo pertinente a la indemnización a la que supone tiene derecho.
Luego de estudiar el caso, la Sala decide NEGAR el amparo al considerar que la controversia generada en la demanda debe ser resuelta en su escenario natural, toda vez que no existen razones válidas para que la Corte entre a sustituirlo, ni siguiera, como mecanismo transitorio, pues no se advierte la existencia de un perjuicio irremediable.
NEGADA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida el 11 de mayo de 2010 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca -Sección Cuarta, Subsección B-, que revocó, a su vez, la decisión judicial dictada por Juzgado
- Primero. Administrativo de Zipaquirá, el 06 de abril de 2010, la cual se CONFIRMA, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. Líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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