T-575 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Luis Arturo Guavita Aya·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Condiciones que se deben acreditar según el artículo 1 de la ley 860 de 2003
- Requisitos para obtener reconocimiento y pago
- Procedencia excepcional
- Fecha de estructuración de la invalidez desde el momento de la pérdida permanente y definitiva de la capacidad laboral
- Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión de invalidez
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La vulneración de derechos fundamentales por parte de Colpensiones se atribuye a la decisión de negar el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez reclamada por el accionante, argumentando el incumplimiento del requisito de las 50 semanas de cotización dentro de los 3 años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.
Se reitera doctrina constitucional relacionada con: 1º.
La procedencia excepcional de la acción de tutela en materia de reconocimiento de prestaciones de carácter pensional y, 2º.
El deber de las entidades administradoras de pensiones de considerar, para el estudio de la solicitud de pensión de invalidez, las semanas cotizadas con posterioridad a la fecha de estructuración de pérdida de la capacidad laboral, cuando se trata de afiliados que padecen enfermedades degenerativas, crónicas o congénitas.
Se TUTELAN los derechos al seguridad social y al mínimo vital.
Se ordena el reconocimiento y pago de la prestación reclamada por el actor.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, el 9 de abril de 2015, que confirmo la dictada por el Juzgado Dieciocho de Familia de Bogota, el 20 de febrero del mismo ano; y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital de Luis Arturo Guavita Aya, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. ORDENAR al gerente de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), o a quien haga sus veces, si aun no lo ha efectuado, que, dentro de diez (10) dias habiles, contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, DEJE SIN EFECTO la Resolucion No. 2014_2886035 del 7 de octubre de 2014 y, en su lugar, expida un acto administrativo reconociendo la pension de invalidez al senor Luis Arturo Guavita Aya, ordenando el pago de la misma a su favor a partir de la fecha en que realizo la ultima cotizacion, esto es, desde el 31 de octubre de 2014, conforme con lo previsto en el articulo 39 de la Ley 100 de 1993.
- TERCERO. Librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.