C-313 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Jaime Antonio Diaz Martinez Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Concepto
- Concepto
- Principios constitucionales que la rigen
- Limitación de acceso a personas diferentes a aquellas que posean licenciatura en pedagogía vulnera el derecho a la igualdad
- No se presenta cuando los servidores son regidos por sistemas de beneficios diferentes
- No vulneración
- Imposibilidad de crear limitaciones y exclusividades que impidan la labor de enseñanza de diversa formación e intereses
- Carácter pluralista
- Doble connotación jurídica
- Sistema mixto
- Derecho-deber
- Administración y vigilancia
- Condiciones de ingreso
- Profesionales con títulos diferentes deberán ejercer la docencia en el área de su conocimiento
- Razón de ser del tratamiento diferenciado para los docentes
- Retiro del servicio
- Aplicación a quienes decidan voluntariamente inscribirse en el nuevo escalafón
- Aplicación únicamente a quienes se vinculan a partir de la vigencia del Decreto
- Asimilación voluntaria no vulnera derechos adquiridos
- Docentes que opten por asimilación voluntaria deberán someterse a la misma evaluación de desempeño y de competencias
- Exclusión del escalafón como consecuencia de calificación no satisfactoria
- No aplicación a quienes se vincularon con anterioridad es legítimo
- Nuevo régimen de carrera es legítimo
- Régimen especial de carrera de origen legal
- Solución a reclamaciones por entidades encargadas de la administración y vigilancia de la carrera no vulnera el debido proceso
- Vinculación provisional
- Recursos
- Actos administrativos adoptados son actos diferentes, independientes de la decisión que pueda tomarse por la administración posteriormente
- Concepto
- Consecuencias según sus resultados
- Instrumentos para evaluar
- Término para su realización y reglamentación
- Alcance conferido por ley habilitante
- Criterios para expedir estatuto de profesionalización docente
- Establecimiento de nuevo régimen para docentes no vulnera derecho a la igualdad
- Carácter expreso y preciso
- Determinación de vacaciones no corresponde al objeto
- Imposibilidad de facultades implícitas
- Posibilidad de vincular provisionalmente al servicio educativo desborda ámbito de potestad reglamentaria
- Límites en materia de procedimientos judiciales y administrativos
- Realización específica y práctica del principio de igualdad en el ámbito laboral
- Deducción según la jurisprudencia
- Inaplicación cuando existen razones objetivas que justifican diferencia de trato
- No aplicación en presencia de razones objetivas
- No es absoluto
- No vulneración por reconocimiento de primas y beneficios en función de la formación de los servidores
- No vulneración por tratamiento salarial diferente
- Acreditación a profesionales con título diferente no contraría la Constitución
- Acreditación de la calidad
- Diferencia debe fundarse en una justificación objetiva y razonable
- Jurisprudencia en relación con la aplicación del juicio de igualdad
- Imposibilidad de comparar prestaciones específicas
- Concepto
- Por regla general tiene la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos
- Inexistencia por cuanto texto y contenido normativo es diferente
- Origen constitucional
- Imposibilidad de presentar recursos por exclusión lo limita
- Exclusión por evaluación no satisfactoria constituye un acto definitivo
- Tipos de evaluación
- Facultad de expedir ordenamientos que establezcan disposiciones laborales de trabajadores del sector público y privado
- Beneficios particulares no pueden ser examinados aisladamente
- Comparación entre diferentes regímenes no resulta conducente
- Concepto
- Legislador determina a quien corresponda administración y vigilancia
- Casos en los cuales es posible retirarlas del ordenamiento jurídico
- Justificación no puede radicarse en argumentos meramente formales
- Objeto del agotamiento como requisito de procedimiento
- Relevancia
What it decided
Holdings on Ley 715/01. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el articulo 2 del Decreto 1278 de 2002.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el articulo 3 del Decreto 1278 de 2002.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE por el cargo analizado el articulo 7 del Decreto 1278 de 2002, con excepcion del paragrafo del mismo articulo que se declara INEXEQUIBLE.
- Quarto.- Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el articulo 17 del Decreto 1278 de 2002.
- Quinto. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el articulo 24 del Decreto 1278 de 2002, con excepcion de la expresion "el cual no sera susceptible de los recursos de la via gubernativa por tratarse de un acto de ejecucion" contenida en el paragrafo del mismo articulo, que se declara INEXEQUIBLE
- Sexto. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el articulo 46 del Decreto 1278 de 2002.
- Septimo. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el articulo 47 del Decreto 1278 de 2002.
- Octavo. Declarar INEXEQUIBLE, el articulo 61 del Decreto 1278 de 2002.
- Noveno. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el articulo 65 del Decreto 1278 de 2002.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.