T-811 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Lina Maria Guarnizo Tovar En Nombre De Leopoldo Perdomo Vs. Tribunal Superior De Distrito Judicial De Neiva
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Vulneración por cuanto el Tribunal no cuantificó el daño teniendo la obligación de hacerlo conforme al artículo 307 del C. de PC
- Causales genéricas de procedibilidad
- Inexistencia de otro mecanismo de protección judicial
- Obligación de cuantificar el daño
- Procedencia por vulneración del debido proceso
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso dentro del tramite de ordinario de responsabilidad civil extracontractual promovido contra la central hidroelectrica de betania por los perjuicios en la totalidad de las mejoras que tenia plantadas como causa del erróneo imprudente y negligente desalojo de las aguas de la represa betania al revocar la condena impuesta por los perjuicios sufridos en consideracion a que el peritaje y las declaraciones rendidas no son suficiente para tasar los daños.
Solicita se revoque la sentencia del tribunal para declarar la responsabilidad de la central hidroeléctrica por los daños sufridos por el desbordamiento del rio magdalena en abril de 1994.
Procedencia de la accion de tutela.
Inexistencia de otro mecanismo de protección judicial.
Reiteración de la doctrina constitucional sobre las providencias judiciales que configuran violaciones al debido proceso.
Breve referencia a la jurisprudencia constitucional sobre la vulneración al debido proceso por defecto sustantivo.
Vulneración al debido proceso en el caso concreto.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del cuatro (4) de mayo de dos mil cinco (2005), proferida por la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral y CONFIRMAR la sentencia del dieciocho de marzo (18) de dos mil cinco (2005) proferida por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil que ORDENA al Superior del Distrito Judicial de Neiva- Sala Cuarta de Decisión, Civil Familia Laboral, que en el término de cinco días contados a partir del momento en que reciba el expediente del juzgado de conocimiento, adopte las medidas pertinentes para obtener los elementos de juicio que legalmente requiera para decidir el recurso de apelación propuesto en el referido proceso, y una vez obtenidos éstos, falle el asunto conforme a derecho en el término legal.
- SEGUNDO. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el juez de tutela de primera instancia - Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil- notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- TERCERO. Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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