T-347 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Jean Carlos Diaz Bertel·Respondent Juzgado 34 Administrativo De Bogota Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Flexibilización en el término de caducidad
- Término de caducidad
- Jurisprudencia constitucional
- Contabilización de la caducidad en la jurisprudencia del Consejo de Estado
- Procedencia por defecto fáctico por falta e indebida valoración probatoria en proceso de reparación directa
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Configuración
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En este caso se cuestionan las decisiones judiciales que rechazaron, por extemporánea, la demanda de reparación directa instaurada por el actor y sus familiares contra la Nación (Ministerio de Defensa y Armada Nacional), con el propósito de reclamar la indemnización de perjuicios causados por la pérdida de capacidad laboral que le generó el accidente ocurrido a raíz de la manipulación que hizo un compañero del armamento de dotación, cuando prestaban el servicio militar obligatorio en calidad de infantes militares.
El precitado incidente ocurrió a mediados del año 2015 y el porcentaje de PCL fue dictaminada a finales del año 2016 por la Junta Médico Laboral.
Se aduce que dicha decisión incurrió en varios defectos y por tanto, violó garantías fundamentales.
Se reitera jurisprudencia constitucional en torno a las causales generales de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, haciendo énfasis en los defectos fáctico, sustantivo, desconocimiento del precedente y violación directa de la Carta Política.
Así mismo, se revisa jurisprudencia del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional sobre la caducidad del medio de control de reparación directa.
Se CONCEDE el amparo invocado y se ordena al Tribunal accionado resolver nuevamente el recurso de apelación formulado por accionantes, atendiendo a las consideraciones expuestas en el presente fallo, sin que pueda reiterar el argumento relativo a la oportunidad de la demanda de reparación directa.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela de segunda instancia, proferida el 25 de octubre de 2019 por el Consejo de Estado -Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A-, en la que se declaró la improcedencia del amparo solicitado por los señores Jean Carlos Díaz Bertel, Hanuar de Jesús Díaz Monterroza y Carmen Alicia Bertel Martínez para, en su lugar, CONCEDER la protección de los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 13 de marzo de 2019, dictado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca -Sección Tercera, Subsección B-.
- TERCERO. ORDENAR a la referida autoridad judicial que, en el término de veinte (20) días contados a partir de la notificación de esta sentencia, resuelva nuevamente el recurso de apelación formulado por los peticionarios, atendiendo a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia y sin que pueda reiterar el argumento relativo a la oportunidad de la demanda de reparación directa.
- CUARTO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los fines allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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