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Tutela ruling (T)March 2, 2017

T-138 de 2017

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Jhoan Antonio Madrid Agudelo·Respondent Colpensiones

✓
Topic · hard data
Derecho De Peticion En Materia Pensional. Colpensiones No Respondio De Forma Congruente La Solicitud De Pension De Sobrevivientes En Calidad De Hijo De Crianza.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho De Peticion En Materia Pensional
  • Colpensiones no respondió de forma congruente respecto a solicitud de pensión de sobreviviente en calidad de hijo de crianza
  • Orden a Colpensiones responda de fondo sobre reconocimiento de pensión de sobrevivientes en calidad de hijo de crianza
Accion De Tutela En Materia De Derecho De Peticion
  • Procedencia de manera directa por ser derecho fundamental de aplicación inmediata
Acción De Tutela Para Reconocimiento De Pensión De Sobrevivientes
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditarse perjuicio irremediable
Derecho De Peticion
  • Requisitos de la respuesta
Derecho De Petición
  • Alcance y contenido
5 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se aduce que Colpensiones vulneró derechos fundamentales del actor, al negarle el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes que solicitó en su condición de hijo de crianza de la causante.

La entidad negó la prestación, argumentando que no existía ningún parentesco entre el peticionario y la afiliada, toda vez que no se acreditó que ésta lo hubiese adoptado.

Se realiza un análisis jurisprudencial sobre el derecho de los hijos de crianza a ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes.

A pesar de confirmar la decisión de instancia en lo que respecta la IMPROCEDENCIA del amparo para acceder al reconocimiento de la pensión rogada, se tutela de forma exclusiva el derecho de petición, en tanto se verificó que Colpensiones no cumplió con todos los elementos exigidos para satisfacción de éste, pues el contenido de la respuesta dada al actor no fue congruente con su solicitud de pensión de sobrevivientes en calidad de hijo de crianza de la causante.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. Primero. CONFIRMAR parcialmente el fallo proferido el 7 de junio de 2016 por el Tribunal Superior de Medellín, en lo que respecta a la improcedencia del amparo para acceder al reconocimiento de la pensión de sobrevivientes. En consecuencia y por las razones expuestas en esta providencia, AMPARAR el derecho fundamental de petición del señor Jhoan Antonio Madrid Agudelo.
  2. Segundo. ORDENAR a COLPENSIONES, a través de su representante legal o de quien haga sus veces, que en el término máximo de tres (3) días hábiles contados a partir de la notificación de esta providencia, dé respuesta de fondo y congruente a la solicitud de reconocimiento pensional presentada el 18 de agosto de 2015 por el señor Jhoan Antonio Madrid Agudelo, teniendo en cuenta que ella se fundamenta en la condición alegada de hijo de crianza de la señora Marta Nidia Pérez Osorio, a partir de la jurisprudencia que sobre la materia ha sido proferida por esta Corporación, en los términos explicados en el numeral 4.6.3 de esta providencia.
  3. Tercero. Por Secretaría General, LÍBRESE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.