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Tutela ruling (T)November 19, 2021

T-398 de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Jose Antonio Garzon Sierra·Respondent Interasep Sas Esp Y Otro

✓
Topic · hard data
Debido Proceso Administrativo. Vulneracion Por Omisión En La Valoracion Probatoria Para Determinar Destinación De Un Inmueble Para La Facturacion Del Servicio Publico De Aseo
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Contra Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Procedencia en situaciones especiales para dirimir conflictos con usuarios
Debido Proceso Administrativo
  • Garantía de los usuarios de las empresas de servicios públicos domiciliarios
  • Facultad de aportar y controvertir las pruebas
Servicio Pêblico Domiciliario De Aseo
  • Clasificación de los inmuebles según uso residencial y no residencial
Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Sujeción del debido proceso en sus actuaciones
Defecto Factico
  • Configuración
  • Dimensión negativa y positiva
8 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El actor es un trabajador informal que se desempeña como moto-taxista y de manera ocasional como mecánico y músico.

Además, se encuentra afiliado al régimen subsidiado de seguridad social en salud y está clasificado en el grupo A4 del Sisbén, correspondiente al nivel de pobreza extrema.

Su hogar atraviesa una situación económica precaria, la cual se ha visto agudizada por los efectos de la pandemia sobre las labores a las que se dedica.

A pesar de lo anterior, su inmueble fue clasificado como comercial, lo cual significa un aumento de alrededor de tres veces en el valor que paga de manera mensual como tarifa por la prestación del servicio de aseo, comparado respecto a la tarifa que pagan los inmuebles clasificados en estrato dos.

La conducta de las entidades accionadas que se considera violatoria del derecho fundamental al debido proceso es la expedición del acto administrativo que resolvió su reclamación y decidió desfavorablemente la solicitud de rectificación de la factura del servicio de aseo del inmueble en el que reside y de aquellos que resolvieron los recursos de reposición y apelación propuestos contra el inicial.

La facturación se fundamentó en las observaciones consignadas en las actas de visitas realizadas por la empresa prestadora del servicio, en las cuales se daba cuenta de la presencia de un taller de moto-taxis, sin tener en consideración los argumentos y elementos de prueba expuestos por el usuario, a través de los cuales cuestionó el contenido de dichos documentos.

Se reitera jurisprudencia constitucional sobre el debido proceso administrativo en materia probatoria y se explica el marco legal y regulatorio sobre la determinación de la destinación de un inmueble para la facturación del servicio público de aseo.

Se CONCEDE el amparo invocado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el derecho tutelado

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. REVOCAR los fallos emitidos por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito de Sincelejo el 2 de febrero de 2021, en primera instancia, y, en segunda instancia, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, el 26 de febrero de 2020, dentro de la acción de tutela presentada por el señor José Antonio Garzón Sierra contra la Interaseo S.A.S. E.S.P. y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. En su lugar, AMPARAR el derecho fundamental al debido proceso del accionante.
  3. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la Resolución 23272 del 7 de octubre de 2020, expedida por Interaseo S.A.S. E.S.P., a través de la cual se resolvió el reclamo presentado por el señor José Antonio Garzón Sierra para la reclasificación del uso del inmueble en el que reside para efectos de la facturación del servicio de aseo. Igualmente, DEJAR SIN EFECTOS la Resolución 964 del 27 de octubre de 2020, a través de la cual Interaseo S.A.S. E.S.P. resolvió el recurso de reposición interpuesto por el accionante frente a la decisión inicial, y la Resolución SSPD 20208200447495 del 19 de diciembre de 2020, por la cual la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios decidió el recurso de apelación.
  4. Tercero. DEJAR SIN EFECTOS las actas de visita y demás documentos recaudados en las diligencias de visita realizadas por Interaseo al inmueble ubicado en la Cra. 15A 7-36 de la ciudad de Sincelejo el 3 y el 26 de octubre de 2020.
  5. Cuarto. ORDENAR a Interaseo S.A.S. E.S.P. que, en el término de quince (15) días contados a partir de la notificación de esta decisión, realice una nueva visita al inmueble ubicado en la Cra. 15A 7-36 de la ciudad de Sincelejo y profiera una nueva decisión en la que resuelva el reclamo presentado por el señor José Antonio Garzón Sierra el 3 de octubre de 2020, siguiendo las consideraciones expuestas en esta sentencia. Los funcionarios que participen durante las diligencias de visita deberán identificarse adecuadamente ante quien la atienda y deberán explicar el contenido y entregar una copia del acta que se suscriba.
  6. Quinto. ADVERTIR a Interaseo S.A.S. E.S.P. y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios que en la solución del reclamo y los eventuales recursos que presente el señor José Antonio Garzón Sierra deberán correrle traslado de las pruebas recaudadas durante el trámite administrativo; ofrecerle la oportunidad de pronunciarse sobre esas pruebas y aportar las propias; informarle adecuadamente los mecanismos eficaces para recibir comunicaciones y documentos relacionados con el expediente de trámite; y evaluar en sus decisiones los argumentos y pruebas que aporte para defender sus intereses.
  7. Sexto. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 59cited by 8 →T-398/21T-789/03 — Derechos A La Igualdad Familia Minimo Vital Y Seguridad Social De Compañera Permanente. Solicitud Pension De Sobreviviente De Mayor Retirado · cited 380 timesT-789/032003T-456/04 — Derechos A La Vida Minimo Vital Y Seguridad Social De Hermana Discapacitada. Solicitud Reconocimiento Pension Sustitutiva De Sobreviviente. · cited 342 timesT-456/042004T-233/07 · cited 209 timesT-233/072007C-980/10 — Comparendo E Infraccion De Transito. Notificación Por Correo No Vulnera El Debido Proceso Ni La Igualdad · cited 198 timesC-980/102010C-034/14 — Código De Procedimiento Administrativo Actuaciones Administrativas. Reglas Generales Sobre Decreto De Pruebas. · cited 106 timesC-034/142014T-375/18 — Accion De Tutela En Materia De Pago De Incapacidades Laborales Inferiores A 180 Dias. Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judici · cited 104 timesT-375/182018T-076/11 · cited 98 timesT-076/112011C-378/10 — Accion De Tutela Contra Particulares Que Prestan Servicios Publicos · cited 73 timesC-378/102010T-146/22 — Debido Proceso, Vivienda Digna Y Minimo Vital En Procesos Policivos Por Infraccion Urbanistica · cited 26 timesT-146/222022SU.543/23 — Política Migratoria Del Estado Colombiano- Cumplimiento De Estándares Constitucionales Y Legales Frente A Solicitudes De Asilo Y Reconocimie · cited 11 timesSU.543/232023T-056/24 — Derecho A La Salud, Trabajo Y Debido Proceso Administrativo Migratorio-Compatibilidad Entre Las Solicitudes De Refugio Y Los Permisos Por Pr · cited 5 timesT-056/242024T-180/24 — Debido Proceso Administrativo Para Constituir Resguardos De Comunidades Indígenas-Obligación De Definir La Situación Legal De Las Entidades · cited 3 timesT-180/242024T-246/24 — Derechos Al Debido Proceso Migratorio, Trabajo, Mínimo Vital, Asilo E Igualdad-Demora Injustificada En El Trámite De Solicitudes De Refugio · cited 2 timesT-246/242024T-146/24 — Derechos Al Debido Proceso, A La Partición, Al Mínimo Vital Y Alimentación De La Población Campesina En El Marco Del Plan Nacional Integral · cited 1 timesT-146/242024T-183/24 — Derecho De Acceso A La Administración De Justica Y Debido Proceso Sin Dilaciones Injustificadas En Asunto Ejecutivo Laboral-Garantía Del Pla · cited 1 timesT-183/242024T-471/24 — Derechos De Petición, Trabajo Y Debido Proceso Migratorio-Carencia Actual De Objeto. Jurisprudencia Constitucional Frente Al Procedimiento ET-471/242024
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.