C-886 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Jose Euripides Parra Parra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Línea establecida por el legislador para establecer el balance entre los derechos
- Alcance
- Límites
- Alcance respecto de trámite de manera preferente
- Prestación de garantías o fianzas para garantizar el pago de las facturas
- Consulta y trámite en única instancia en régimen de arrendamiento de vivienda urbana
- Análisis de constitucionalidad sobre exigencias de pago de servicios, cosas o usos conexos y adicionales
- Inversión ante no cancelación de cánones de arrendamiento
- Prueba de estar al día en el pago de servicios públicos y expensas comunes
- Pruebas para ser oído el demandado
- Vaguedad e indeterminación de expresiones "cosas o usos conexos y adicionales"
- Desproporcionalidad de término para posibilidad de defenderse el demandado
- Búsqueda de eficiencia en el funcionamiento
- Condicionamiento a la demostración del pago de unos conceptos sobre los cuales puede existir controversia
- Condicionamiento al pago de una obligación económica
- Trámite preferente sin perjuicio de las acciones constitucionales
- Búsqueda de eficiencia ante lentitud
- Exigencia del pago de servicios públicos evita dilaciones innecesarias y nuevos procesos
- Reforma de legislación
- Búsqueda de equidad y justicia en las relaciones
- Carencia de relación razonable en relación con expresión "cualquiera que fuere la causal invocada"
- Desproporcionalidad por deber de acreditar ab initio el pago de servicios, cosas o usos conexos y adicionales
- Expresión "cualquiera que fuere la causal invocada" constituye acreditación del cumplimiento de deberes del arrendatario
- Inexistencia de carácter abierto e indeterminado de expresiones “cosas o usos conexos y adicionales”
- Determinación de constitucionalidad
- Imposición por el legislador y límites
- Requisito para constitucionalidad
- Pago de servicios públicos como requisito para ser oído en juicio
- Inexistencia de disposición constitucional específica sobre punto de equilibrio
- Alcance en la adopción de medidas de protección
- Examen de constitucionalidad
- Equidad entre arrendador y arrendatario
- Filosofía y propósitos son compatibles con la Constitución
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 820 de 2003 arts. 37 38 y 39.
Regimen de arrendamiento de vivienda urbana.
Pago de servicios cosas o usos conexos y adicionales consulta tramite preferente y unica instancia en procesos de restitucion de inmueble arrendado.
Cosa juzgada constitucional
What it decided
Holdings on Ley 820/03. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-670 de 2004, respecto del artículo 38 e inciso
- segundo. del artículo 39 de la Ley 820 de 2003.
- SEGUNDO. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "Cualquiera que fuere la causal invocada", "cosas o usos conexos y adicionales" y "dentro del término de treinta (30) días calendario contado a partir de la fecha en que éste debía efectuarse oportunamente", contenidas en el artículo 37 de la Ley 820 de 2003.
- TERCERO. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "El demandado deberá presentar la prueba de que se encuentra al día en el pago de los servicios, siempre que en virtud del contrato haya asumido la obligación de pagarlos. En este caso, para poder ser oído, deberá presentar los documentos correspondientes que acrediten su pago", del artículo 37 de la Ley 820 de 2003, en el entendido de que esta carga procesal sólo opera si la causal invocada para la restitución del inmueble es la establecida en el numeral 2 del artículo 22 de la mencionada ley.
- CUARTO. Declarar EXEQUIBLE el inciso
- primero. del artículo 39 de la Ley 820 de 2003, en el entendido que el trámite preferente establecido en los procesos de restitución de inmueble arrendado, ha de operar sin perjuicio de la prevalencia de las acciones de estirpe constitucional.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.