C-283 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Martin Alonso Alvarez Bermudez·Respondent Codigo Civil (Articulos 1016-5, 1045, 1054, 1226, 1230, 1231, 1232, 1234, 1235, 1236, 1237, 1238, 1243, 1248, 1249, 1251, 1278)
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Concepto
- Finalidad
- Características
- Inexistencia por cambios en el contexto de aplicación de la disposición
- Concepto
- Configuración
- Determinación
- Concepto
- Requisito de dos años de convivencia para aplicación de garantía patrimonial
- Características
- Extensión de garantía patrimonial a pareja homosexual
- Extensión de reconocimiento a compañero(a) permanente
- Extensión de reconocimiento a pareja del mismos sexo
- Definición
- Determinación
- Exclusión de reconocimiento a compañero o compañera permanente supérstite al igual que a la pareja del mismo sexo resulta discriminatoria
- Extensión de protección patrimonial a parejas del mismo sexo
- Naturaleza jurídica
- Objeto
- Inexistencia en normas del Código Civil sobre porción conyugal
- Procedencia
- Procedencia por cambios en el contexto normativo
- Inexistencia
- Concepto
- Concepto
- Regulación sobre materias relacionadas con las uniones maritales de hecho y las parejas del mismo sexo
- Exigencia de dos años de convivencia para aplicación de garantía patrimonial
- Ordenes hereditarios y repartición
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 1016-5, 1045, 1054, 1226, 1230, 1231, 1232, 1243, 1235, 1236, 1237, 1238, 1243, 1248, 1249, 1251 y 1278 del Código Civil.
Para el demandante, los preceptos parcialmente acusados contienen un beneficio exclusivo para quien ostenta la calidad de cónyuges, excluyendo del mismo a los compañeros permanentes y a las parejas del mismo sexo.
Se solicita a la Corte Constitucional analizar nuevamente las expresiones demandadas y efectuar un test estricto de igualdad en el que se determine que tanto el matrimonio como la unión marital de hecho requieren de criterios análogos de protección, que permita al compañero permanente supérstite acceder al patrimonio de la pareja fallecida por medio de la porción conyugal.
La Corte determinó la no existencia del fenómeno de la cosa juzgada constitucional y reiteró su jurisprudencia frente a la diferencia entre las uniones maritales de hecho y el matrimonio.
Concluyó que, el que no sean vínculos iguales no impide que se puedan asimilar los derechos, garantías y cargas que el legislador ha reconocido a una y otra unión, en especial en el campo patrimonial.
Con fundamento en el criterio de igualdad de trato, estableció que dada la finalidad de la porción conyugal y la no existencia de razón válida para el no reconocimiento de esa protección patrimonial, era dable extenderla al compañero o compañera permanente supérstite y a la pareja del mismo sexo.
Se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de los artículos acusados y se EXHORTA al Congreso para que legisle de manera sistemática y ordenada sobre las materias relacionadas con las uniones maritales de hecho y las parejas del mismo sexo. <br> <br>
What it decided
Holdings on Ley 84/73. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1016-5, 1045, 1054, 1226, 1230, 1231, 1232, 1234, 1235, 1236, 1237, 1238, 1243, 1248, 1249, 1251 y 1278 del Codigo Civil, siempre y cuando se entienda que a la porcion conyugal en ellos regulada, tambien tienen derecho el companero o companera permanente y la pareja del mismo sexo.
- Segundo. EXHORTAR al Congreso para que legisle de manera sistematica y ordenada sobre las materias relacionadas con las uniones maritales de hecho y las parejas del mismo sexo.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.