JurídicoESEN
Constitutional review ruling (C)July 17, 2024Full bench

C-288 de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Correa De La Hoz Enrique Javier·Respondent Código Sustantivo Del Trabajo

✓
Topic · hard data
Pactos Colectivos No Pueden Menoscabar Derechos De Negociación Colectiva Y De Asociación Sindical. La Coexistencia De Pactos Y Convenciones Colectivas No Vulnera Los Mencionados Derechos.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho De Asociacion Sindical Y De Negociacion Colectiva
  • Relación
  • No se vulnera por la coexistencia de pactos colectivos celebrados con trabajadores no sindicalizados y convenciones colectivas
  • La celebración de pactos colectivos no los puede vulnerar
Derecho De Asociación Sindical
  • Dimensiones
  • No es absoluto
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Alcance y contenido
Derecho De Negociacion Colectiva
  • No se reconoce única y exclusivamente a las organizaciones sindicales
  • Alcance y finalidad
Organizacion Internacional Del Trabajo
  • Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones sobre derechos de sindicación y negociación colectiva
9 topics · 16 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 481 del Código Sustantivo del Trabajo y 70 de la Ley 50 de 1990.

Los accionantes alegaron que las disposiciones cuestionadas desconocen lo establecido en los artículos 4 del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98), y 2 y 3 del Convenio 154 de la OIT, ratificados por Colombia.

Argumentaron que las normas demandadas no permiten el cumplimiento de las obligaciones de estimular y fomentar la negociación colectiva entre empleadores y sus organizaciones de trabajadores, como lo señalan los citados convenios.

Esto, porque permiten la suscripción de pactos colectivos con trabajadores no sindicalizados, en algunas ocasiones, perjudicando a las organizaciones sindicales cuando estas no agrupan a más de la tercera parte de los trabajadores de una empresa.

En este escenario, consideraron que el compromiso estatal de fomentar y estimular la negociación colectiva entre empleadores y organizaciones de trabajadores implica que debe existir una prioridad de los sindicatos en esta materia.

La Corte declaró la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del artículo 481 censurado, en el entendido de que los pactos colectivos no pueden menoscabar el derecho de negociación colectiva ni de asociación sindical.

Así mismo, declaró EXEQUIBLE el artículo 70 de la Ley 50 de 1990.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Decreto ley 2663/50. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 481Decreto ley 2663/50UPHELD
Art. 70Ley 50/90 «Declarar la EXEQUIBLIDAD del artículo 70 de la Ley 50 de 1990»UPHELD
2 holdings · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. Declarar la EXEQUIBILIDAD del artículo 481 del Código Sustantivo del Trabajo bajo el entendido de que los pactos colectivos no pueden menoscabar el derecho de negociación colectiva ni de asociación sindical.
  2. SEGUNDO. Declarar la EXEQUIBILIDAD del artículo 70 de la Ley 50 de 1990, por las razones expuestas en la presente decisión.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceAntonio José Lizarazo Ocampo
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.