C-108 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Mauricio Cadavid Restrepo·Respondent Ley 890 De 2004, Articulo 14 Parcial
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Cosa juzgada constitucional respecto del cargo por violación del trámite de ley estatutaria
- Incremento general de las penas en la tercera parte del mínimo y en la mitad del máximo no desconoce el principio de proporcionalidad en abstracto
- Delitos contra la eficaz y recta impartición de justicia
- Aplicación del principio pro actione
- Requisitos mínimos
- Concepto de violación
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Principios de razonabilidad y proporcionalidad
- Jurisprudencia constitucional
- Límites implícitos y explícitos
- Inexistencia de cosa juzgada constitucional respecto del cargo por violación del principio de
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Competencia para establecer regímenes estructurados a partir de criterios diferenciales en el tratamiento penal de conductas que lesionan o ponen en peligro bienes jurídicamente protegidos
- Límites mínimos y máximos
- Desarrollo legislativo
- Alcance de la libertad de configuración legislativa
- Límites a la libertad de configuración legislativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 14 (parcial) de la Ley 890 de 2004, por la cual se modifica y adiciona el Código Penal.
Para el demandante, la norma que incrementa en forma general los marcos punitivos de todos los tipos penales previstos en la parte especial del Código Penal es contraria al principio de proporcionalidad de las penas, toda vez que para el efecto no mediaron estudios técnicos, jurídicos, estadísticos, cuantitativos y económicos necesarios para presentar alternativas reales, eficientes y profundas, ni criterios valorativos relacionados con la protección de los derechos humanos.
Para él, dicho incremento solo ha contribuido a hacer más crítico el problema de hacinamiento carcelario, lo que se traduce en graves violaciones a la dignidad humana y a los derechos fundamentales de los reclusos, con lo cual se desconocen los límites constitucionales impuestos al legislador a la hora de definir las sanciones y su monto.
Para la Corte, el incremento general de las penas en la tercera parte del mínimo y en la mitad del máximo no desconoce el principio de proporcionalidad en abstracto, toda vez que preserva los espacios de maniobra para que el juez pueda aplicar una pena que atienda e incorpore las especificidades del caso concreto.
Precisa, que ese incremento obedece a los lineamientos de política criminal trazados en el Acto Legislativo 3 de 2002, dirigidos a fortalecer el sistema de investigación para desvertebrar organizaciones criminales a través de mecanismos de colaboración.
La Sala decide ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-193/05 respecto del cargo por violación del principio de Ley Estatutaria y, declarar la EXEQUIBILIDAD de la expresión acusada, por el cargo analizado.
What it decided
Holdings on Acto_legislativo 3/02. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-193 de 2005, respecto del cargo por violacion del principio de reserva de ley estatutaria.
- Segundo. Declarar exequible, por el cargo analizado, la expresion "Las penas previstas en los tipos penales contenidos en la Parte Especial del Codigo Penal se aumentaran en la tercera parte en el minimo y en la mitad del maximo", contenida en el articulo 14 de la Ley 890 de 2004.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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