T-967 de 2007
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Beatriz Mendoza Imitola En Representacion De Su Hija Vs. Institucion Educativa Jose Arnoldo Marin De Cartagena
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación en el ámbito escolar
- Vulneración
- Línea jurisprudencial
- Existencia de un contrato de matrícula debido a que la menor era estudiante regular y no solo asistente
- Expulsión de estudiante por presunta venta de minutos de teléfono celular
- Dimensiones
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la educacion y al debido proceso de menor que fue expulsada del colegio donde estudiaba en calidad de asistente al serle decomisado telefono celular por vender minutos a sus compañeros y a raiz del altercado entre el padre de la menor y la coordinadora del colegio por lo que le fueron entregados los documentos que el colegio le tenia evidenciandose deudas por concepto de matricula con el colegio pero en el que la falta cometida por la menor no se encontraba incluida en el manual de convivencia del colegio ni la sancion correspondiente.el derecho a la educacion frente al cobro de deudas surgidas del contrato de matricula.
La doble dimension del derecho a la educacion.
El debido proceso en materia disciplinaria y su aplicacion en el ambito escolar.
Las instituciones educativas tienen un amplio margen de autorregulacion en materia disciplinaria pero sujeto a limites basicos como la previa determinacion de las faltas y las sanciones respectivas ademas del previo establecimiento del procedimiento a seguir para la imposicion de cualquier sancion.
Aspectos que debe contemplar el procedimiento.
En el presente caso la menor era estudiante regular del colegio en donde el porte y uso de celulares dentro del colegio fue una nueva prohibicion aprobada por la asociacion de padres de familia un dia antes del incidente que no habia sido incorporada en el manual de convivencia ni definida como falta disciplinaria.
Por tanto el procedimiento aplicado resulto violatorio del debido proceso y desconocio los derechos de la menor.concedida.
Se ordena la expedicion de los certificados de los grados 9 y 10 cursados y aprobados.
Se ordena readmitir a la estudiante si desea volver a ella y se elimine el antecedente disciplinario derivado de la presente accion asi como corregir el manual de convivencia del colegio
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
- Séptimo. Civil Municipal de Cartagena, el 11 de abril de 2007, y por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Cartagena, el 1 de junio de 2007 y, en consecuencia, CONCEDER la tutela de los derechos a la educación y al debido proceso de Katherine Navarro Mendoza.
- Segundo. ORDENAR a la Institución Educativa José Arnoldo Marín de Cartagena, expedir los certificados de estudios de Katherine Navarro Mendoza correspondientes a los grados 9º y 10º cursados y aprobados en esa institución, a fin de que la accionante complete su información académica y pueda graduarse como bachiller. Así mismo, en caso de que la estudiante quiera volver a la Institución Educativa José Arnoldo Marín para graduarse de ella, ORDENAR a la Institución que la readmita, aunque sea al final del año académico. Adicionalmente, si como resultado del incidente que dio lugar a la presente acción de tutela quedó algún tipo de antecedente disciplinario, el colegio deberá eliminarlo de su registro académico. Igualmente, ORDENAR a la Institución Educativa José Arnoldo Marín de Cartagena revisar y corregir su Manual de Convivencia en el sentido de determinar con claridad cuáles son las conductas que constituyen una falta disciplinaria, las sanciones que pueden ser impuestas y el procedimiento que se seguirá a quienes incurran en las faltas definidas por el colegio, así como las garantías que tendrán quienes deban ser sometidos a ese procedimiento disciplinario.
- Tercero. LIBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí establecidos.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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