T-928 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Maria Del Rosario Coquies Nuñez Vs Coomeva Eps
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Requisitos concurrentes
- Repetición contra el FOSYGA
- Suministro de medicamentos a persona con demencia senil
- Medicamento ordenado por médico tratante
- No puede ser sustituido por otro
- Falta de medios económicos para adquirir el medicamento
- Fundamental autónomo
- Fundamental por conexidad con la vida
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
- Suministro de medicamentos paliativos para aliviar demencia senil
- Suministro de medicamentos para aliviar enfermedad
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Santa Marta de fecha 6 de mayo de 2003. En su lugar, TUTELAR el derecho a la salud en conexidad con la vida digna y la condición de persona de la tercera edad y disminuida física, sensorial y psíquicamente de la señora Elisa Mercedes Núñez Martínez.
- Segundo. ORDENAR a COOMEVA E.P.S., que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, suministre a la señora Elisa Mercedes Núñez Martínez el medicamento OLANZAPINA, el cual es necesario para tratar su enfermedad, por el tiempo y en la dosis prescrita por los médicos tratantes, o los que éstos indiquen, teniendo en cuenta que la entidad deberá prestar a la señora Núñez Martínez la atención médica que llegue a necesitar para mantener su calidad de vida.
- Tercero. No obstante la anterior orden, y en tanto la E.P.S. COOMEVA se encuentra obligada a suministrar el medicamento, ésta tendrá derecho repetir contra el Estado, específicamente contra el Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, para obtener el reembolso por los gastos en que incurra al dar cumplimiento a la orden emitida por la Sala.
- Cuarto. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.