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Tutela ruling (T)August 6, 2015

T-503 de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice María Victoria Calle Correa

✓Claimant Juan Bautista Melendez Iglesia·Respondent Empresa Operadores De Servicios De La Sierra Sa Esp Y Otra

✓
Topic · hard data
Reintegro De Prepensionado En Situacion De Discapacidad.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Solicita renovación contrato de trabajo hasta recibir primera mesada pensional por terminación faltándole menos de un año y cumplir requisitos para adquirir derecho a la pensión de vejez.

Temas a tratar: Procedibilidad de la acción de tutela en asuntos de naturaleza laboral, Contratos laborales en las empresas de servicios temporales, Principio de estabilidad en el empleo, Principio de la primacía de la realidad sobre las formas, Principio de solidaridad.

Se ordena como mecanismo transitorio reintegro a cargo que ocupaba donde pueda seguir cotizando al sistema general en pensiones y se advierte al accionante que dispone de un término máximo de cuatro meses para presentar demanda ante jurisdicción ordinaria laboral a fin de determinar tipo de contrato que debe regir la relación laboral.

Llamado a prevención para dar estricto cumplimiento a normativa constitucional y legal que regula derecho al trabajo y contratación con empresas de servicios temporales para no desconocer derechos laborales y prestacionales de trabajadores

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del veintinueve (29) de agosto de dos mil catorce (2014), proferida por Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Cienaga, Magdalena, que declaro improcedente la accion de tutela instaurada por Juan Bautista Melendez Iglesia contra la Empresa Operadores de Servicios de la Sierra SA ESP y Asear Pluriservicios SAS, y la sentencia del once (11) de diciembre de dos mil catorce (2014), emanada del Juzgado
  3. Segundo. Promiscuo de Familia de la misma ciudad, que confirmo la anterior. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral, a la seguridad social y al minimo vital del senor Juan Bautista Melendez Iglesia, y CONCEDER el amparo solicitado como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.
  4. Segundo. ORDENAR a la empresa Operadores de Servicios de la Sierra SA ESP que en el termino perentorio de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion del presente fallo, proceda a realizar las gestiones necesarias para reintegrar al senor Juan Bautista Melendez Iglesia al cargo que ocupaba o a uno de igual o superior categoria, donde pueda seguir cotizando al sistema general en pensiones, tramite que no podra exceder de diez (10) dias contados a partir del vencimiento del termino anterior.
  5. Tercero. ADVERTIR al senor Juan Bautista Melendez Iglesia que dispone de un termino maximo de cuatro (4) meses para presentar la respectiva demanda ante la jurisdiccion ordinaria en su competencia laboral, a fin de determinar el tipo de contrato que debe regir la relacion laboral objeto de estudio, so pena de la perdida de los derechos conferidos en esta providencia.
  6. Cuarto. PREVENIR a las empresas Operadores de Servicios de la Sierra SA ESP y Asear Pluriservicios SAS, para que en lo sucesivo y atendiendo a las consideraciones consignadas en esta providencia, den estricto cumplimiento a la normativa constitucional y legal que regula el derecho al trabajo y la contratacion con empresas de servicios temporales, de tal forma que no se desconozcan los derechos laborales y prestacionales de los trabajadores.
  7. Quinto. EXHORTAR a la Defensoria del Pueblo, a traves de su delegada, para que brinde apoyo y acompanamiento al tramite judicial que debera ser adelantado por el senor Juan Bautista Melendez Iglesia en el marco de la presente providencia, y vigile el pleno cumplimiento del fallo con el fin de garantizar de manera efectiva los derechos aqui protegidos.
  8. Sexto. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 134cited by 35 →T-503/15C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993T-1316/01 — Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De E · cited 672 timesT-1316/012001T-567/98 — Debido Proceso. Vias De Hecho Por Violacion Del Principio De Favorabilidad Penal. Falta De Defensa Tecnica. Santa Rosa De Viterbo. Concedida · cited 640 timesT-567/981998T-158/06 · cited 559 timesT-158/062006SU.544/01 — Debido Proceso. Derecho Al Trabajo. Periodo Del Registrador. El Derecho Al Reconocimiento No Forma Parte Del Nucleo Esencial Del Derecho Fun · cited 505 timesSU.544/012001SU.250/98 — Debido Proceso. Motivacion De Los Actos Administrativos. Interes General De La Funcion Notarial. Retiro De Notaria Sin Motivacion Alguna. Co · cited 422 timesSU.250/981998T-029/16 — Primacia De La Realidad Sobre Las Formalidades. Estabilidad Laboral Reforzada En Circunstancias De Enfermedad Del Trabajador. · cited 63 timesT-029/162016T-151/17 — Estabilidad Ocupacional Reforzada En Contratos De Prestacion De Servicios. · cited 49 timesT-151/172017T-521/16 — Estabilidad Laboral Reforzada Se Aplica Frente A Cualquier Modalidad De Contrato Y Con Independencia Del Origen De La Enfermedad. · cited 44 timesT-521/162016SU.349/19 — Accion De Tutela Contra Sentencia De Tutela. Improcedencia · cited 42 timesSU.349/192019T-594/15 — Estabilidad Laboral Reforzada De Personas Disminuidas Por Razon De Salud. · cited 34 timesT-594/152015T-284/19 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud. · cited 33 timesT-284/192019T-327/17 — Pension De Invalidez Para Enfermos De Vih-Sida · cited 31 timesT-327/172017T-033/18 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Enfermo De Vih/Sida En Contrato De Prestacion De Servicios. · cited 27 timesT-033/182018
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.