T-1063 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Pedro Rosero Alvear Vs. Iss
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Autorización de intervenciones quirúrgicas, suministro de medicamentos y otras prestaciones excluidas del POS
- Fundamental por conexidad con la vida
- Requisitos que deben acreditarse para la procedencia de tutela
- Suministro de medicamento a paciente con cáncer y repetición contra el Fosyga
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán - Sala Civil Laboral del dieciocho (18) de agosto de dos mil cuatro (2004), y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos a la salud y seguridad social en conexidad con los derechos a la vida e integridad personal del señor Pedro Rosero Alvear.
- SEGUNDO. ORDENAR al Representante Legal del Instituto del Seguro Social - Seccional Cauca, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, suministre al señor Rosero Alvear la dosis del medicamento Ácido Zoledrónico (Zometa) requerida para la primera aplicación del tratamiento prescrito por su médico tratante, luego de lo cual habrá de continuar suministrándolo periódicamente en las dosis y con la frecuencia ordenada por el referido médico tratante. Se advierte al ISS - Seccional Cauca que podrá repetir contra el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) por los costos adicionales que exija el suministro de este medicamento al peticionario.
- TERCERO. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el juez de primera instancia notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- CUARTO. Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.