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Unification ruling (SU)December 4, 2013Full bench

SU- de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Anibal Cañas Arias·Respondent Consejo De Estado, Seccion Tercera

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derechos De Las Victimas A La Verdad, Justicia Y Reparacion
  • Contenido y alcance en la Constitución Política y Jurisprudencia constitucional
  • Reconocimiento en la jurisdicción contencioso administrativa en proceso de reparación directa
Idoneidad Y Eficacia Del Medio Ordinario De Defensa Judicial
  • Debió decantarse con suficiencia lo referente a la idoneidad de los mecanismos ordinarios y extraordinarios para proteger los derechos fundamentales
Defecto Factico
  • Dimensión negativa y positiva
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Defecto fáctico por omisión en el decreto y práctica de pruebas en proceso por reparación directa ante la jurisdicción contencioso administrativa
  • Evolución jurisprudencial respecto al reemplazo de la expresión "vía de hecho" por la de "causales genéricas de procedibilidad"
  • Procedencia por vulneración del debido proceso, derecho a la verdad y acceso a la administración de justicia, por cuanto Tribunal no practicó una prueba que había sido previamente decretada en proceso de rep
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Derechos De Las Victimas
  • Principios y preceptos
  • Protección constitucional
Valor Probatorio De Los Documentos Originales Y Las Copias Simples
  • Tendrán el mismo valor probatorio, según ley 1395 de 2010, art. 11
13 topics · 16 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial Sentencia de unificación.

Dentro de un proceso de reparación directa iniciado por el actor en contra de la Nación-Ministerio de Defensa-Policía Nacional, en virtud de la muerte de su hijo quien apareció ahorcado en la celda de las instalaciones de la Sijín en Bogotá, la Sección Tercera del Consejo de Estado decidió no valorar unas pruebas allegadas al proceso, por presentarse en copia simple y de manera extemporánea.

A juicio del actor, la decisión impugnada incurrió en defectos sustantivo, fáctico y procedimental, por falta de aplicación de las normas que correspondían y por no darle aplicación y prevalencia al derecho sustancial.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

Jurisprudencia sobre los requisitos generales y específicos de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.

Los defectos fáctico y sustantivo y 3º.

Los derechos de las víctimas al interior de los procesos judiciales.

La Corte AMPARÓ los derechos al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la verdad a la justicia y a la reparación.

Dejó sin efectos las sentencias proferidas dentro del proceso de reparación directa y ordenó al juez administrativo de primera instancia proferir un auto que ordene a la Fiscalía General de la Nación remitirle copia auténtica del expediente contentivo de la acción penal iniciada en razón del fallecimiento del hijo del actor.

Igualmente, le ordenó que, una vez allegada la anterior prueba corra traslado de la misma a la parte demandada y vencido el término, profiera una nueva decisión.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada en el proceso de la referencia.
  2. SEGUNDO. REVOCAR el fallo de tutela proferido por la Seccion Cuarta del Consejo de Estado, el 20 de enero de 2011. En su lugar, CONCEDER los derechos fundamentales al acceso a la administracion de justicia, al debido proceso, la verdad, la justicia y la reparacion de los ciudadanos Anibal Canas Arias y Alba Alvarez de Canas.
  3. TERCERO. DEJAR SIN EFECTOS la sentencias proferidas por la Seccion Tercera del Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el 14 de abril de 2010 y el 2 de noviembre de 1999, respectivamente, dentro de la demanda de reparacion directa iniciada por los ciudadanos Anibal Canas Arias y Alba Alvarez de Canas en contra de la Nacion-Ministerio de Defensa-Policia Nacional.
  4. CUARTO. ORDENAR al Tribunal Administrativo de Cundinamarca que, en uso de la facultad conferida por el articulo 169 del C.C.A.87, profiera un auto ordenando a la Fiscalia General de la Nacion que le remita copia autentica del expediente contentivo de la accion penal iniciada en razon al fallecimiento del senor Victor Javier Canas Alvarez.
  5. QUINTO. ORDENAR al Tribunal Administrativo de Cundinamarca que, una vez allegada la prueba decretada en el ordinal anterior, corra traslado de la misma a la parte demandada y, vencido el termino legal, profiera una nueva sentencia valorando el material probatorio allegado por la Fiscalia. Para el cumplimento del fallo de tutela, se concede el termino previsto para dictar sentencia en el articulo 124 del Codigo de Procedimiento Civil88, en concordancia con el articulo 267 del Codigo Contencioso Administrativo89, contado a partir de la notificacion de la presente sentencia al mencionado Tribunal.
  6. SEXTO. REMITIR copia de la presente providencia a la Fiscalia General de la Nacion para que adelante las gestiones administrativas tendientes a enviar, en el menor tiempo posible, la copia autentica del expediente contentivo de la investigacion penal iniciada con ocasion de la muerte del ciudadano Victor Javier Canas Alvarez, una vez lo solicite el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
  7. SEPTIMO. COMUNICAR la presente providencia a la Procuraduria General de la Nacion y a la Defensoria del Pueblo para que velen por su efectivo cumplimiento.
  8. OCTAVO. EXHORTAR al Consejo de Estado, Seccion Tercera a que, en caso de que se llegare a apelar la nueva sentencia que profiera el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, conforme lo senalado en la presente providencia, priorice el reparto y sustanciacion del asunto de la referencia, a efectos de que se resuelva en el menor tiempo posible.
  9. NOVENO. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available3
ConcurrenceJaime Araujo RenteríaConcurrenceNilson Pinilla PinillaConcurrenceGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 60cited by 37 →SU.915/13C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005T-008/98 — Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 0 · cited 1,091 timesT-008/981998T-462/03 — Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contr · cited 1,088 timesT-462/032003T-522/01 — Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Dere · cited 1,025 timesT-522/012001T-1625/00 — Derecho Al Trabajo Libertad Debido Proceso Y Defensa. Tramite Del Recurso De Casacion. Interpretacion Judicial. Principios De Favorabilidad · cited 801 timesT-1625/002000T-1031/01 — Debido Proceso. Solicitud Beneficios Por Colaborar Con La Justicia En Relacion A Actividades De Las Autodefensas En El Magdalena Medio. Exim · cited 734 timesT-1031/012001C-591/05 — Acto Legislativo Que Implemento El Sistema Penal Acusatorio. Modificaciones Que Introdujo En El Sistema Procesal Penal · cited 649 timesC-591/052005SU.573/17 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defectos Factico Y Sustantivo En Proceso Ordinario De Peticion De Herencia. · cited 113 timesSU.573/172017SU.768/14 · cited 71 timesSU.768/142014SU.081/20 — Accion De Tutela Contra Laudo Arbitral-Improcedencia · cited 67 timesSU.081/202020SU.355/17 — Regimen Probatorio En La Jurisdiccion Contencioso Administrativa. Prueba Sobre El Fallecimiento De Una Persona, · cited 66 timesSU.355/172017C-180/14 — Incidente De Reparacion Integral A Las Victimas · cited 63 timesC-180/142014SU.395/17 — Regimen De Transicion Y El Concepto De Monto Aplicable Al Momento De Liquidar Las Mesadas Pensionales. · cited 57 timesSU.395/172017SU.636/15 — Accion De Tutela Contra Providencia Judicial. Improcedencia Por No Existir Causales De Procedencia En La Accion De Reparacion. · cited 56 timesSU.636/152015SU.416/15 — Responsabilidad Medica. Improcedencia Por Cuanto No Se Configura Defecto Sustantivo. · cited 52 timesSU.416/152015
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.