C-700 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Objeciones Presidenciales·Respondent Proyecto De Ley 136 De 2006 Senado Y 240 De 2007 Camara
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Especificidad respecto del trámite de la objeción y la insistencia del congreso
- Aprobación por mayoría absoluta en votación ordinaria
- Alcance del requisito de debida sustentación
- Insistencia del Congreso como requisito de procedibilidad
- Oportunidad
- Término para insistencia de las cámaras
- Finalidad
- No existe fórmula textual específica para realizar anuncio
- Omisión constituye un vicio de trámite subsanable
- Reglas jurisprudenciales sobre cumplimiento
- Vulneración por norma que faculta a las asambleas departamentales para determinar régimen prestacional de diputados
- Reserva de ley
- Obligación del Congreso de valorar informe del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Congreso no valoró informe presentado por Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Publicación del proyecto objetado al estar las cámaras en receso
- Se incumple por omisión del Congreso de valorar informe presentado por Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Revisión oficiosa de las objeciones presidenciales presentadas al proyecto de ley número 136 de 2006 Senado y 240 de 2007 Cámara, “por medio de la cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional de las asambleas departamentales”, se objetan los artículos 2, 3 y 4 del proyecto de ley, debido a que en el se delga en las asambleas departamentales una función exclusiva del legislador, la cual consiste en determinar el régimen prestacional de los diputados.
La Corte realiza un análisis material de las objeciones, se deciden declararlas fundadas y por lo tanto se declaran inexequibles los artículos 2, 3 y 4 del proyecto de ley de la referencia.
What it decided
Holdings on Decreto 2067/91. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. Declarar FUNDADAS las objeciones por inconstitucionalidad formuladas por el Gobierno Nacional en relacion con los articulo 2 y 3 del proyecto de ley numero 136 de 2006 -Senado-, 240 de 2007 -Camara-, "por medio del cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional de los miembros de las asambleas departamentales", en relacion con la objecion gubernamental formulada por ausencia de analisis del impacto fiscal exigido por el articulo 7o de la Ley 819 de 2003. Como consecuencia de lo anterior, exclusivamente respecto de las objeciones formuladas en relacion con esta norma y en los aspectos analizados, declarar INEXEQUIBLES los articulos 2 y 3 del proyecto de ley de la referencia.
- SEGUNDO. Declarar FUNDADAS las objeciones por inconstitucionalidad formuladas por el Gobierno Nacional en relacion con el articulo 4 del proyecto de ley numero 136 de 2006 -Senado-, 240 de 2007 -Camara-, "por medio del cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional de los miembros de las asambleas departamentales", en relacion con la objecion presidencial formulada en contra de dicha norma por vulneracion de los articulos 150, numeral 19, y 299 de la Constitucion Politica. Como consecuencia de lo anterior, exclusivamente respecto de las objeciones formuladas en relacion con esta norma, y en los aspectos analizados, declarar INEXEQUIBLE el articulo 4deg del Proyecto de Ley de la referencia.
- TERCERO. De conformidad con lo ordenado por los articulos 167 de la Constitucion Politica y 33 del Decreto 2067 de 1991, por intermedio de la Secretaria General remitase copia del expediente legislativo y de esta Sentencia a la Camara de origen para que, oido el ministro del ramo, se rehaga e integre las disposiciones afectadas de inexequibilidad, en los terminos que sean concordantes con el dictamen de la Corte Constitucional. Una vez cumplido este tramite, el Congreso remitira a la Corte el proyecto para fallo definitivo.
- Notifiquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.