C-580 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant German Rodriguez Villamizar·Respondent Ley 1507 De 2012, Articulos 2 Paragrafo 1, 4 Literal A) Y 19
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Necesidad de un mínimo de argumentación
- Concepto
- Funciones
- Objeto
- Presencia de ministro en la junta no tiene la fuerza para afectar la autonomía de la entidad
- Naturaleza jurídica
- Jurisprudencia constitucional
- Procedencia
- Definición
- Competencia atribuida al Congreso
- Alcance de la competencia atribuida al Congreso
- Elementos que comprende la estructura orgánica
- Alcance de la competencia legislativa para establecer la estructura orgánica
- Competencia del legislador para crear, suprimir o fusionar y señalar los objetivos y estructura orgánica
- Concepto
- Gestión y control corresponden al Estado
- Gestión y control se desarrollan en conjunto, por un lado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y, por el otro, la Autoridad Nacional de Televisión
- Competencias concurrentes entre Congreso y Presidente de la República
- Inhibición para decidir de fondo respecto del parágrafo 1° del artículo 2° y literal a) del
- Inhibición para decidir de fondo respecto del artículo 19 de la Ley 1507 de 2012 por falta de certeza en el cargo
- Titular y manifestación primordial
- Jurisprudencia constitucional
- Limites
- Reconocimiento constitucional no le da el carácter de órgano superior del Estado ni le concede un ámbito ilimitado de competencias
- Su autonomía reconocida en el ordenamiento constitucional colombiano, no solo fue limitada y sujeta a diversos controles, sino que su regulación puntual se confió al Legislador
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Definición
- Definición
- Conformación
- Derogatoria
- Importancia en el proceso comunicativo social
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2 parágrafo 1; 4 literal (a) y 19 de la Ley 1507 de 2012, por la cual se establece la distribución de competencias entre las entidades del Estado en materia de televisión y se dictan otras disposiciones.
Para el demandante, las normas acusadas desconocen varios mandatos constitucionales, en particular, los dispuestos en los artículos 1, 2, 6, 48, 53, 77, 113, 209, 210 y 338 superiores.
Para la Corte, el que el Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones haga parte de la Junta Nacional de Televisión, lejos de afectar la autonomía de la Autoridad Nacional de Televisión, contribuye a que las funciones de las entidades del sector estén armonizadas con el fin de procurar el cumplimiento de los objetivos propios de cada organismo, sobre todo, la eficiencia en la prestación del servicio de conformidad con las normas constitucionales y legales que lo rigen.
La Sala Plena declara la EXEQUIBILIDAD del parágrafo 1 del artículo 2 y del literal a) del artículo 4 de la Ley 1507 de 2012 por los cargos examinados y además se declara INHIBIDA para decidir de fondo en relación con el cargo propuesto contra el artículo 19 de la precitada norma. <br> <br>
What it decided
Holdings on Ley 1507/12. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLES el paragrafo 1 del articulo 2 y el literal a) del articulo 4 de la Ley 1507 de 2012 "Por la cual se establece la distribucion de competencias entre las entidades del Estado en materia de television y se dictan otras disposiciones", por los cargos examinados en esta Sentencia.
- SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para decidir de fondo, en relacion con el cargo propuesto contra el articulo 19 de la Ley 1507 de 2012, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta Sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.