T-956 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Edgar Acosta Pachecho Vs. Cafesalud
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Asesoría, orientación y apoyo a menor
- Deber de diagnosticar la enfermedad que padece menor
- Deber de informar al afiliado cuando solicitan servicios no incluidos en el POS
- Protección especial para los menores de siete años
- Fundamental
- Protección especial para los menores de siete años
- Tratamiento excluido del POSS que no fue ordenado por médico adscrito a la ARS
- Fundamental por conexidad con la vida
- Condiciones para otorgar el tratamiento excluido del plan de beneficios
- Alcance
- Prevalencia
- Diferencias
- Condiciones para otorgar tratamiento o medicamentos no incluidos en el POS
- Sistema de selección de beneficiarios
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Dieciseis (16) Civil Municipal de Bucaramanga dentro de la accion de tutela instaurada por Edgar Acosta Pacheco en representacion de la menor Adriana Yurani Acosta Navarro contra la ARS CAFESALUD-Seccional Santander-, y en su lugar CONCEDER el amparo impetrado en relacion con los derechos fundamentales de la menor Acosta Navarro, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. ORDENAR a la ARS CAFESALUD -Seccional Santander- que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes, contados a partir de la notificacion de esta sentencia, remita a la menor para que sea valorada y diagnosticada su enfermedad por un medico adscrito a esa entidad.
- Tercero. ORDENAR a la ARS CAFESALUD -Seccional Santander- que una vez efectuada la valoracion medica a la menor Adriana Yurani Acosta, en el evento en que los procedimientos medicos que esta requiera no se encuentren incluidos en el -POSS-, informe y acompane al padre de la nina en todos los tramites que deba surtir ante las entidades departamentales de salud, para que los procedimientos que demanda sean realmente practicados, asi mismo se deberan realizar todos los examenes que pueda llegar a necesitar y brindar todos los cuidados que requiera durante su tratamiento.
- Cuarto. ORDENAR a la ARS CAFESALUD -Seccional Santander- que practique todos los procedimientos y examenes medicos que requiera la menor Adriana Yurani Acosta, en el termino de los tres (3) meses siguientes, contados a partir de la fecha de esta providencia, si no fuere posible su realizacion por parte de una entidad con la que el Estado tenga contrato para esos efectos.
- Quinto. AUTORIZAR a la ARS CAFESALUD -Seccional Santander- para que de ser necesario haga efectivo el derecho que le asiste de repetir contra el Estado, por lo que pague en cumplimiento de la orden emitida en esta sentencia, ante la subcuenta respectiva del Fondo de Solidaridad y Garantia del Sistema General de Seguridad Social en Salud -FOSYGA-.
- Sexto. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.