T-579A de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Ricardo Jose Daza Calderon·Respondent Secretaria De Salud Del Municipio De Valledupar Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Responsabilidad de entes territoriales en prestación de salud a personas que ostenten la calidad de vinculados
- Reiteración de jurisprudencia
- Afiliados a régimen contributivo o subsidiado y participantes vinculados
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud, seguridad social, vida digna.
El accionante es portador del VIH-SIDA e instauró la acción de tutela para solicitar de parte de la Secretaría de Salud Municipal de Valledupar, el suministro de varios medicamentes que le fueron prescritos por su médico tratante.
En sede de revisión, la Sala constató que la situación inicial del demandante había cambiado en cuanto la secretaría accionada le brindó la atención en salud en lo relacionado con su patología, además fue inscrito y clasificado en la base de datos del SISBEN y afiliado al sistema de seguridad social en salud en el régimen subsidiado, a través de la E.P.S.
Asociación Mutual Barrios Unidos de Quibdo.
Se ordena a la Empresa Prestadora de Salud evaluar la condición actual del paciente y suministrar los medicamentos que llegaren a ser formulados por su médico tratante.
CONCEDIDA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. LEVANTAR los términos suspendidos en la presente acción de tutela.
- Segundo. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Valledupar del 1º de octubre de 2010, que confirma el fallo de primera instancia del Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Valledupar del 21 de junio de 2010, negando la tutela interpuesta por el señor Ricardo José Daza Calderón contra la Secretaria Local de Salud de Municipal. En su lugar, ORDENAR a la Asociación Mutual Barrios Unidos de Quibdó E.S.S. que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, evalué el estado de salud del accionante. Una vez valorado el actor y si así lo considera su médico tratante, la E.S.S. deberá suministrar el medicamento que aquél le formule, en un término no mayor de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la presentación de la orden médica por parte del peticionario.
- Tercero. DECLARAR que le asiste derecho a la E.S.S Asociación Mutual Barrios Unidos de Quibdó a obtener el reembolso de lo gastado en cumplimiento de la orden emitida por esta Sala y en consecuencia, podrá repetir contra el Fondo de Solidaridad Social en Salud (FOSYGA), con respecto de aquellos medicamentos no contemplados en el POS.
- Cuarto. REQUERIR a la Secretaría Local de Salud de Valledupar para que en los términos del artículo 44.1.3. de la Ley 715 de 2001, supervise este proceso, esté al tanto de su evolución.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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