T-861 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Ludys Judith Velasquez Sundheim·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión de invalidez e incluir en nómina de pensionados, procediendo a pagar las mesadas dejadas de percibir
- Reiteración de jurisprudencia
- Requisitos para obtener reconocimiento y pago
- Pensión de invalidez e indemnización sustitutiva
- Concepto
- Requisitos establecidos en Ley 100/93 y en ley 860/03
- Reconocimiento previo de indemnización sustitutiva no es justificación para negar pensión de invalidez si cumple los requisitos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Luego de que le fuera calificada la pérdida de capacidad laboral en un porcentaje del 59.14%, la actora solicitó a Colpensiones el reconocimiento y pago de su pensión de invalidez.
La entidad negó la petición, argumentando que la accionante ya había recibido la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez y que ambas prestaciones eran incompatibles.
Se reitera jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de derechos de contenido prestacional; los requisitos para acceder a la pensión de invalidez y, la figura de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez.
Como quiera que la peticionaria, luego de recibir la mencionada indemnización, siguió cotizando de manera ininterrumpida al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones para cubrir los riesgos de invalidez y muerte, considera la Corte que no hay inhabilidad para que obtenga la pensión de invalidez, toda vez que dicha prestación ampara riesgos distintos a los de vejez, lo que no la hace incompatible con la indemnización recibida.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena el reconocimiento y pago de la prestación reclamada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia denegatoria de tutela proferida por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Barranquilla, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales de la señora Ludys Judith Velásquez Sundheimm y, en consecuencia, ORDENAR a Colpensiones, por conducto de su representante legal y/o quien haga sus veces, que en el término de las 48 horas siguientes a la notificación de esta sentencia, expida la resolución de reconocimiento de la pensión de invalidez en favor de la actora, en los términos y en las condiciones que señale la ley, y la incluya en la nómina de pensionados, procediendo a pagar las mesadas dejadas de percibir que en los términos de ley no hayan prescrito para su cobro.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.