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Tutela ruling (T)June 2, 2021

T-166 de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Jose Domingo Martinez Quintero·Respondent Colpensiones

✓
Topic · hard data
Aplicacion Del Principio De La Condicion Mas Beneficiosa A La Pension De Invalidez
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Pensión De Invalidez
  • Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión de invalidez conforme al Acuerdo 049 de 1990
Aplicacion Del Principio De La Condicion Mas Beneficiosa A La Pension De Invalidez
  • Alcance
  • Fundamentos constitucionales
  • Existe un régimen de transición, establecido por el Constituyente, aplicable a todos los regímenes pensionales
  • Se desconoció que la noción de régimen de transición lleva implícito el señalamiento de un plazo dentro del cual la norma anterior tendrá efectos ultra activos
Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Materia De Pension De Invalidez
  • Reiteración sentencias de unificación SU.442/16 y SU.556/19
Derecho Al Mínimo Vital, Vida Digna Y Seguridad Social En Pensiones
  • Reconocimiento y pago de la pensión de invalidez a sujeto de especial protección constitucional, en aplicación del principio de favorabilidad laboral de la condición más beneficiosa
Pensión De Invalidez
  • Requisitos para obtener reconocimiento y pago
8 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En este asunto se atribuye a Colpensiones la vulneración de derechos fundamentales del actor, como consecuencia de no reconocer ni pagar la pensión de invalidez a la que considera tener derecho en virtud del principio de la condición más beneficiosa contemplado en el Acuerdo 049 de 1990 y en la jurisprudencia constitucional.

La entidad negó la prestación porque el peticionario no cumplía con las exigencias de las Leyes 860 de 2003 Y 100 de 1993.

Se verifican los requisitos de procedencia de la acción de tutela y se reitera jurisprudencia relacionada con el derecho a la seguridad social y a la pensión de invalidez, así como frente a los fundamentos constitucionales de la condición más beneficiosa.

Luego de verificar que el accionante supero el test establecido en la Sentencia SU.556/19, la Corte decidió CONCEDER el amparo invocado y, en consecuencia, ordenar el reconocimiento y pago de la pensión de vejez reclamada, deduciendo el monto del valor pagado por concepto de devolución de saldos.

Se advierte a Colpensiones que debe observar las condiciones expuestas en este fallo para la solución de asuntos similares.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR la Sentencia del 25 de noviembre de 2020, proferida por el Tribunal Superior de Caqueta, que modifico el fallo del 5 de octubre de 2020, proferido por el Jugado
  2. Primero. de Familia de Florencia, Caqueta, en el sentido de que declaro la improcedencia de la accion de tutela de la referencia. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, a la vida digna y al minimo vital, por las razones expuesta en la parte considerativa de esta sentencia.
  3. Segundo. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES- que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta providencia, reconozca y pague al senor Jose Domingo Martinez Quintero la pension de invalidez por riesgo comun, desde la fecha de presentacion de la accion de tutela, esto es, desde el 21 de septiembre de 2020. Igualmente, se autoriza a Colpensiones a deducir el monto del valor pagado por concepto de devolucion de saldos de que trata el articulo 72 de la Ley 100 de 1993, sin que se afecte el derecho al minimo vital del beneficiario.
  4. Tercero. ADVERTIR a Colpensiones que debe observar las consideraciones expuestas en esta sentencia para la solucion de asuntos similares.
  5. Cuarto. COMPULSAR copias de esta providencia a la Comision Seccional de Disciplina Judicial de Bogota para que, si a bien lo tiene, investigue la posible configuracion de una falta disciplinaria dentro del expediente ordinario 11001310502420210010700, tramitado ante el Juzgado Veinticuatro Laboral del Circuito de Bogota. Lo anterior, por lo expuesto en el f.j. 65 de esta providencia.
  6. Quinto. LIBRAR, por la Secretaria General de la Corte Constitucional, la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli senalados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentCristina Pardo Schlesinger
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.