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Tutela ruling (T)March 29, 2012

T-262 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio

✓Claimant Aaa·Respondent Sociedad Administradora De Fondos De Pensiones Y Cesantias Porvenir S.A. Y Otro

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Para El Reconocimiento De Pension De Invalidez A Enfermo De Vih/Sida
  • Procedencia por ser el mecanismo idóneo para la defensa de los derechos fundamentales del accionante y para lograr el reconocimiento de la prestación pensional
Pension De Invalidez A Enfermo De Sida
  • Dificultad en contabilizar las semanas de cotización por el carácter progresivo y degenerativo de la enfermedad
Pension De Invalidez A Enfermo De Vih/Sida
  • Orden a Administradora de Fondos de Pensiones reconocer y pagar pensión de invalidez
Pension De Invalidez
  • Conflicto entre Administradoras de Fondos de Pensiones no puede afectar las garantías fundamentales del afiliado
Enfermedad Catastrofica O Ruinosa
  • Protección constitucional reforzada de personas con VIH-SIDA
7 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Seguridad social, vida digna, igualdad.

El accionante tiene un diagnóstico de VIH y tuberculosis y tras cumplir 180 días de incapacidad y ser calificado con una pérdida de la capacidad laboral del 67.50%, solicitó el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, petición que le fue negada por PORVENIR S.A., bajo el argumento de que la entidad obligada a pensionarlo era el ISS, porque a la fecha de la estructuración de la invalidez se encontraba afiliado a dicha entidad.

Por su parte, el ISS adujo que el responsable de la prestación era la AFP PORVENIR.

La Sala reitera jurisprudencia constitucional relacionada con la siguiente temática: 1º.

La acción de tutela como mecanismo de defensa judicial idóneo y eficaz para la protección de derechos fundamentales. 2º.

Los enfermos de VIH como sujetos de especial protección constitucional y 3º.

El derecho a la pensión de invalidez.

Se considera necesario proteger los derechos invocados por el accionante y en tal sentido se ordena al Fondo de Pensiones PORVENIR S.A. iniciar el proceso de reconocimiento y pago de la pensión de invalidez y al ISS emitir el bono pensional correspondiente y trasferirlo al precitado fondo, para que lo abone a la cuenta de ahorro individual del actor.

CONCEDIDA.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Penal para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Cali, de fecha trece (13) de octubre de 2011, que a su vez confirmó el proferido por el Juzgado
  3. Cuarto. Penal para Adolescentes con Funciones de Control de Garantías de la misma ciudad de fecha nueve (9) de septiembre de 2011, que negó el amparo solicitado por el señor AAA, para en su lugar, CONCEDER por las razones y en los términos de esta sentencia, el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, a la vida digna y a la igualdad de AAA.
  4. Segundo. ORDENAR al Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, inicie el trámite necesario para reconocer y pagar la pensión de invalidez a nombre del señor AAA, que no podrá exceder de treinta (30) días.
  5. Tercero. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales -I.S.S.- para que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, remita el respectivo bono pensional que deberá ser transferido a la AFP Porvenir S.A. para que sea abonado a la cuenta de ahorro individual del señor AAA.
  6. Cuarto. ORDENAR a la Secretaría de esta Corporación así como al juez de instancia que conocieron de este proceso que tomen las medidas adecuadas con el fin de guardar estricta reserva y confidencialidad en relación con la identidad e intimidad del peticionario64.
  7. Quinto. LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.