SU- de 1996
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimiro Naranjo Mesa
✓Claimant German Humberto Rincon Perfetti
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inmodificable por tutela
- Celebración de transacciones laborales
- Trabajador despedido por ser portador de VIH
- Portador V.I.H. despedido por el Gun Club
- Estabilidad laboral en portador VIH/SIDA
- Empleado portador de VIH despedido
- Prohibición de exigir prueba sobre V.I.H.
- Procedencia
- Inexistencia en portador del VIH
- Inexistencia en portador V.I.H.
- No discriminación
- Límites respecto derechos en tutela
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- PRIMERO. REVOCAR la decisión de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia de fecha 10 de octubre de 1995 y en su defecto, CONCEDER la tutela, en cuanto a los derechos a la igualdad, a la dignidad, al trabajo, a la salud y a la seguridad social del señor XX.
- SEGUNDO. CONDENAR en abstracto a la Corporación Gun al pago de la indemnización del daño emergente causado al demandante XX. Para la liquidación de la anterior condena, ORDENAR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá, que, dentro de los parámetros fijados en la parte motiva de esta providencia, realice la liquidación de la condena en abstracto, mediante incidente que deberá tramitarse con observancia estricta de los términos procesales. De la anterior indemnización se deducirá lo reconocido y pagado por la Corporación Gun Club por concepto de la conciliación firmada ante el Juzgado
- Décimo. Laboral del Circuito de Santafé de Bogotá, el día 3 de agosto de 1994.
- TERCERO. ORDENAR la afiliación inmediata del demandante al Instituto de los Seguros Sociales, en las mismas condiciones existentes para la fecha del despido. Los aportes correspondientes estarán a cargo del demandante y de la Corporación Gun Club en las proporciones de la ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios.
- CUARTO. ORDENAR, a partir de la fecha en que el demandante adquiera el carácter de enfermo sintomático del Sida, el reconocimiento, por parte del Instituto de los Seguros Sociales, de la pensión de invalidez, sin lugar a sustitución pensional.
- QUINTO. ENVIAR copias de la presente sentencia al Tribunal de Ética Médica, para lo de su competencia.
- SEXTO. ORDENAR que, en guarda de la intimidad del accionante, se omita mencionar su nombre en las publicaciones o reseñas que se hagan de esta sentencia.
- SÉPTIMO. LIBRAR por Secretaría las publicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.