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Tutela ruling (T)November 28, 2016

T-656 de 2016

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Gloria Toro Rodriguez·Respondent Colpensiones

✓
Topic · hard data
Pension De Invalidez. Requisitos. Indemnizacion Sustitutiva De La Pension De Vejez.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela Para El Reconocimiento De Pensión De Invalidez
  • Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión de invalidez conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley 100 de 1993
Pension De Invalidez
  • Naturaleza jurídica
Pensión De Invalidez
  • Requisitos para obtener reconocimiento y pago
Pension De Invalidez E Indemnizacion Sustitutiva
  • Reconocimiento previo de indemnización sustitutiva no es justificación para negar pensión de invalidez si cumple los requisitos
6 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En el 2012 el extinto Instituto de Seguros Sociales le negó a la actora el reconocimiento y pago de la pensión de vejez que había solicitado y, en subsidio, le reconoció a su favor el pago de una indemnización sustitutiva.

No obstante lo anterior, la accionante continuó afiliada a la entidad y efectuó cotizaciones para los riesgos de invalidez, vejez y muerte, sin que fuese objetada su calidad de asegurada, al punto que llegó a ser valorada por la Unidad de Medicina Laboral de Colpensiones, quien estableció que tenía una pérdida de capacidad laboral del 52.35% por enfermedad de origen común, con fecha de estructuración del 8 de julio del 2015.

Con dicho dictamen solicitó a Colpensiones el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, pretensión que fue denegada argumentando que, al momento de recibir la indemnización había aceptado que de seguir cotizando los nuevos aportes sólo podrían ser objeto de devolución, además que, por haber recibido dicha indemnización no podía ser beneficiaria de una nueva prestación de carácter prestacional.

Se reitera jurisprudencia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión de invalidez y se aborda temática sobre la naturaleza jurídica y las reglas jurisprudenciales sobre la indemnización sustitutiva y la pensión de invalidez.

Se CONCEDE la tutela y se ordena a Colpensiones reconocer y pagar la prestación reclamada.

Se ordena al Director de esta entidad que proceda a emitir una circular dirigida a todos los funcionarios en la cual detalle: 1º.

La interpretación correcta de las normas sobre pensión de invalidez e indemnización sustitutiva a la luz de la jurisprudencia constitucional y, 2º.

El modo de proceder ante las solicitudes de este tipo de pensión por parte de quienes ya han recibido la indemnización sustitutiva de pensión de vejez, según los criterios definidos por la Corte Constitucional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Primero. Oral del Circuito de Cali y por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en primera y segunda instancia respectivamente, con ocasión de la acción de tutela interpuesta por la señora Gloria Toro Rodríguez en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones. En consecuencia, CONCEDER el amparo solicitado por la accionante a sus derechos fundamentales a la seguridad social, al mínimo vital y a la vida digna.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a COLPENSIONES que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda a emitir el acto administrativo de reconocimiento y pago de la pensión de invalidez solicitada por la señora Gloria Toro Rodríguez, por haber acreditado los requisitos de acceso a la misma.
  4. TERCERO. ORDENAR al Director General de Colpensiones o a quien haga sus veces que, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a emitir una circular dirigida a todos los funcionarios de la entidad en la cual se detalle: i) la interpretación correcta de las normas sobre pensión de invalidez e indemnización sustitutiva a la luz de la jurisprudencia constitucional y ii) el modo de proceder ante las solicitudes de este tipo de pensión por parte de quienes ya hayan recibido indemnización sustitutiva de pensión de vejez según los criterios definidos por esta misma Corporación.
  5. CUARTO. ORDENAR al Director General de Colpensiones que tome las medidas necesarias para que la circular que emita con ocasión del numeral
  6. segundo. pueda ser vista y consultada fácilmente en la página web de la entidad y en los puntos de servicio ubicados en el territorio nacional. La mencionada directriz deberá estar disponible al público dentro de las 24 horas siguientes a su emisión.
  7. QUINTO. ORDENAR al Director General de Colpensiones que informe a la Corte, de manera inmediata, sobre el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los numerales anteriores, incluyendo el reconocimiento de la pensión de invalidez a favor de la señora Toro Rodríguez.
  8. SEXTO. OFICIAR a la Procuraduría General de la Nación, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, para que haga seguimiento al cumplimiento de esta sentencia, en el marco de sus competencias.
  9. SÉPTIMO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, líbrese las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 4cited by 14 →T-656/16T-789/03 — Derechos A La Igualdad Familia Minimo Vital Y Seguridad Social De Compañera Permanente. Solicitud Pension De Sobreviviente De Mayor Retirado · cited 380 timesT-789/032003T-043/07 · cited 362 timesT-043/072007T-128/15 · cited 34 timesT-128/152015T-861/14 · cited 18 timesT-861/142014T-252/17 — Deber De Proteccion Del Estado Al Adulto Mayor. Acceso Efectivo A Programas Prestacionales Y Asistenciales En Hospital Geriatrico. · cited 62 timesT-252/172017SU.556/19 — Unifica Reglas Jurisprudenciales Sobre Subsidiariedad De La Accion De Tutela Cuando Se Pretende El Reconocimiento Y Pago De La Pension De In · cited 42 timesSU.556/192019T-240/19 — Pension De Invalidez. Reiteración Reglas Establecidas En Sentencia Su.588/16, Sobre Valoracion De La Capacidad Laboral Residual. · cited 23 timesT-240/192019T-368/17 — Pension De Sobrevivientes Y Pension De Invalidez Son Compatibles. · cited 23 timesT-368/172017T-502/17 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Personas Con Disminucion Fisica. · cited 19 timesT-502/172017T-528/20 — Acumulacion De Tiempos De Servicios Prestados Tanto En El Sector Privado Como En El Sector Publico Para Obtener Pension De Vejez · cited 15 timesT-528/202020T-036/21 — Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situacion Sobreviniente-Fallecimiento Del Accionante · cited 13 timesT-036/212021T-434/19 — Indemnizacion Sustitutiva De Pension De Vejez Y Pension De Invalidez Son Compatibles En Tanto Amparan Diferentes Riesgos. · cited 12 timesT-434/192019
constitutional review unification tutela

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