T-796 de 2001
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Guillermo Antonio Alzate Monsalve Vs. Iss·Respondent Sin Información
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Demora en emisión impide acceso a pensión de jubilación
- Su exigencia no puede vulnerar el derecho a la pensión
- Aplicación analógica de término de cuatro meses para resolver reconocimiento de pensiones legales
- Ejercicio y alcance
- Omisión de respuesta oportuna por el ISS
- Vulneración por desorganización administrativa
- Improcedencia para ordenar reconocimiento de pensiones
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. CONFIRMAR el fallo de instancia proferido por el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Medellin, en cuanto nego la tutela en lo que tiene que ver con el reconocimiento y pago de la pension de jubilacion solicitada por Guillermo Antonio Alzate Monsalve, por ser improcedente y por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. REVOCAR PARCIALMENTE el fallo proferido por el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Medellin y, en consecuencia, TUTELAR el derecho de peticion del senor Guillermo Antonio Alzate Monsalve, y ORDENAR al Seguro Social, que proceda dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, a verificar la liquidacion provisional del bono pensional del actor, enviada a esas dependencias por parte de EDATEL.
- Tercero. ORDENAR a EDATEL, que dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir del recibo de la comunicacion del Seguro Social, proceda a realizar los tramites pertinentes, relacionados con la emision y el pago del bono pensional, al termino de los cuales, debera comunicar al Seguro Social la efectividad del pago.
- Cuarto. ORDENAR al Seguro Social resolver de fondo la peticion de pension de vejez del senor GUILLERMO ANTONIO ALZATE MONSALVE presentada el 15 de febrero de 2000, para lo cual se concede un termino de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir del recibo de la comunicacion de EDATEL sobre la efectividad del pago.
- Quinto. Por Secretaria General, COMPULSAR copias de esta sentencia y del expediente respectivo a la Procuraduria General de la Nacion, para lo de su competencia y de conformidad con la parte motiva de este proveido.
- Sexto. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.