T-235 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Alberto Diaz Del Castillo Vs. Iss Nariño Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Concepto
- Normatividad aplicable
- Término para expedirlos
- Aspectos a tener en cuenta en su tramitación
- Ausencia de traslado a régimen de prima media
- Clases
- Expedición y emisión
- Procedencia de tutela para reclamar la remisión
- Pronta tramitación
- Características
- Fundamental por conexidad
- Se garantiza mediante la acción de tutela
- Vulneración por no reconocimiento oportuno de pensión
- Vulneración por desconocimiento de procedimientos señalados en leyes vigentes
- Aplicación de normas anteriores a la Ley 100 de 1993
- Vulneración por no reconocimiento oportuno de pensión
- Deben ampararse conjuntamente
- Se mantiene competencia hasta que se cumpla
- Cumplimiento por cuanto es una orden
- No reconocimiento por demora en emisión de bono pensional
- Vulneración por no reconocimiento oportuno de pensión
- Fundamental por afectación del mínimo vital
- Discriminación por no aplicación de régimen de transición en pensiones
- Término de seis meses para reconocerla
- A quienes se refirió la Ley 100 de 1993
- Aplicación a caso concreto
- Fundamento
- La norma no exige que se estuviere cotizando el 1 de abril de 1994
- Casos en que procede la revisión de oficio
- Se niega pensión por demora en emisión del bono
- No puede haber demora injustificada en su reconocimiento
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia objeto de revision y en su lugar CONCEDER la tutela, por las razones expuestas en la parte motiva del presente fallo.
- SEGUNDO. ORDENAR al Instituto de los Seguros Sociales que en el termino improrrogable de quince dias habiles, profiera, sin mas dilaciones, la resolucion correspondiente al reconocimiento de pension de vejez del senor ALBERTO DIAZ DEL CASTILLO ZARAMA, en su valor completo, teniendo en cuenta lo indicado en la parte motiva del presente fallo, en especial que el peticionario queda amparado por el regimen de transicion y el principio de favorabilidad. Tambien debe tenerse en cuenta que cualquiera que fuere el mecanismo que se adoptare sobre financiacion, dentro de los quince dias siguientes al reconocimiento de la pension, se pagara cumplidamente el monto de las mesadas y se le prestara el servicio a la seguridad social en salud al senor Diaz Del Castillo.
- TERCERO. PREVENIR al Instituto de Seguros Sociales para que en el futuro no demore la tramitacion de las solicitudes de pensiones que ante dicha entidad se formulen y para que observe los terminos establecidos en la ley.
- CUARTO. Sin perjuicio de las facultades que le corresponden al Juez de instancia, REMITIR copia de esta sentencia a la Defensoria del Pueblo para que vigile el cumplimiento.
- QUINTO. Por Secretaria, LIBRESE la comunicacion prevista por el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.