T-794 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Siceris Rocio Ortiz Hernandez En Representacion De Su Hija Ledis Maria Mosquera Ortiz·Respondent Tribunal Administrativo Del Cesar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Configuración
- Régimen constitucional
- Vulneración por cuanto Tribunal se declaró inhibido en proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra acto administrativo de reconocimiento de pensión de sobrevivientes de menor que ostentaba mejor derecho sucesoral que los padres
- Orden a la Policía Nacional reconocer y pagar la pensión y la compensación por muerte, a la menor quien fue reconocida por anticipado como hija del causante
- Concepto
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Configuración
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, igualdad, acceso a la administración de justicia, confianza legítima.
Tutela contra decisión judicial.
Dentro de un proceso administrativo de nulidad y restablecimiento del derecho, la primera instancia declaró la nulidad del acto demandado y ordenó el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes a la hija de la accionante.
La decisión se fundamentó en que la niña ostentaba mejor derecho sucesoral que los abuelos y que existía proceso de reconocimiento de filiación natural a su favor.
Esta decisión fue apelada y el tribunal demandado revocó la sentencia y se declaró inhibido para fallar de fondo, en la medida que se trataba de un acto administrativo de ejecución, no susceptible de ser demandado.
A juicio de la actora, el Tribunal accionado dio prioridad a criterios formalistas en lugar de analizar la naturaleza jurídica de un acto administrativo que modificó una situación jurídica que afectaba los derechos de una niña.
Igualmente alegó la ocurrencia de una vía de hecho por la existencia de un defecto fáctico.
La Sala concluye que dentro del trámite ordinario puesto bajo examen en el presente asunto, las dos instancias incurrieron en causales específicas de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales: la primera, por omitir que el asunto ya había sido decidido por la jurisdicción contencioso administrativa y, la segunda, por eludir la justificación necesaria para cambiar la regla jurisprudencial que había fijado una tutela previa sobre el mismo caso.
Se CONCEDE el amparo solicitado, se dejan sin efectos las sentencias dictadas dentro de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho y se ordena a la Policía reconocer como beneficiaria de la pensión de sobrevivientes a la menor hija de la accionante. <br> <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Seccion Quinta del Consejo de Estado, del 31 de marzo de 2011, que revoco el fallo proferido por la Seccion Cuarta de la misma Corporacion, del 14 de octubre de 2010, que nego por improcedente la tutela de derechos fundamentales iniciada por la senora Siceris Rocio Ortiz Hernandez en representacion de su menor hija Ledis Maria Mosquera Ortiz en contra del Tribunal Administrativo del Cesar. En consecuencia, AMPARAR los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al acceso a la administracion de justicia y a la confianza legitima.
- Segundo. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS la sentencias dictadas por el Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito de Valledupar, del 24 de junio de 2009, y por el Tribunal Administrativo del Cesar, del 1o de julio de 2010, dentro de la accion de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por la senora Siceris Rocio Ortiz Hernandez. En su lugar, ORDENAR a la Policia Nacional que en el termino de 48 horas, si no lo hubiere hecho, proceda a (i) revocar la Resolucion 0499 del 04 de junio de 2008, asi como los actos administrativos que se hubieren expedido como consecuencia de las decisiones judiciales antes referidas y (ii) a reconocer como beneficiaria de la pension de sobrevivientes, debidamente indexada, a la menor Ledis Maria Mosquera Ortiz como hija del S.I. (F) Julio Cesar Mosquera Gongora, representada por la senora Siceris Rocio Ortiz Hernandez. En esta medida, debera incluir en la nomina de pension a la nina y la reconocera como beneficiaria de la compensacion por muerte de su padre y, en consecuencia, efectuara las gestiones necesarias para dar por terminados los cobros coactivos que se iniciaron como consecuencia de la Resolucion 0499 de 2008.
- Tercero. En razon a los argumentos presentes en el numeral 6.3.1. de la parte considerativa de esta sentencia, COMPULSAR COPIAS de la misma con destino al Consejo Seccional de la Judicatura del Cesar, para que investigue las posibles faltas disciplinarias en las que pudo haber incurrido el abogado Wohiner Enrique Alfaro Cabrera.
- Cuarto. LIBRESE por secretaria la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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