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Tutela ruling (T)September 11, 2024

T-378 de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Adriana Y Otro·Respondent Tribunal Administrativo Del Cesar

✓
Topic · hard data
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa-Configuración Del Defecto Fáctico En La Aplicación Del Término De Caducidad (Casos De Ejecuciones Extrajudiciales).
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Termino De Caducidad De La Accion De Reparacion Directa
  • Mientras exista duda y oscuridad frente a elementos constitutivos de la responsabilidad estatal, sólo puede contabilizarse la caducidad desde el momento en que se tenga claridad de éstos
  • Jurisprudencia constitucional
  • Contabilización de la caducidad en la jurisprudencia del Consejo de Estado
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia por defecto fáctico al no valorar pruebas en proceso de reparación directa por ejecuciones extrajudiciales-falsos positivos-
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Precedente Judicial
  • Jueces pueden apartarse si exponen razones que justifiquen su decisión
5 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En este caso se cuestionan las decisiones judiciales que declararon la caducidad del medio de control de reparación directa con el que los actores pretendían la reparación del daño causado por la muerte de un familiar, producto de una ejecución extrajudicial.

Según los accionantes, las providencias censuradas incurrieron en los defectos de desconocimiento del precedente, fáctico, procedimental por exceso ritual manifiesto y violación directa de la Constitución.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, la Sala concluyó que si se configuró un defecto fáctico por indebida valoración probatoria.

Sobre el particular, advirtió que, en el marco de un proceso de reparación directa adelantado por la presunta comisión de graves violaciones a los derechos humanos ante la posible existencia de una ejecución extrajudicial, el juez debe evidenciar con claridad el momento a partir del cual la parte actora se encuentra en la capacidad material de imputarle el daño al Estado ante el aparato jurisdiccional.

En ese sentido, la procedencia de la demanda de reparación debe ser analizada por el juez contencioso administrativo competente, atendiendo a las particularidades de cada asunto en concreto.

Para llegar a la anterior conclusión se revisó el criterio del Consejo de Estado y la Corte Constitucional en relación con el término de caducidad del medio de control de reparación directa en los casos de graves violaciones a los derechos humanos.

Se CONCEDIÓ el amparo invocado y se ordenó proferir una nueva decisión de segunda instancia en el proceso administrativo, en el cual se acojan las consideraciones expuestas en el presente fallo.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 28 de noviembre de 2023 proferida por la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado que confirmó la decisión del 28 de septiembre de 2023 proferida por la Sección Quinta de la misma corporación que negó las pretensiones de las accionantes. En su lugar, AMPARAR el derecho al debido proceso de las señoras Adriana y Ligia.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el fallo del 27 de julio de 2023 proferido por el Tribunal Administrativo del Cesar. En consecuencia, ORDENAR a esa autoridad judicial que profiera una nueva decisión de segunda instancia en la que se acojan las consideraciones expuestas en esta providencia, especialmente en los fundamentos jurídicos 137 a 153.
  3. TERCERO. Por Secretaría General de esta Corporación, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.