SU- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Sociedad Compañia De Electricidad Del Cauca Sas Esp·Respondent Juzgado Cuarto Civil Del Circuito De Popayan Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Finalidad
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Improcedencia por incumplir requisito de relevancia constitucional
- Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La Compañía de Electricidad del Cauca SAS ESP interpuso la acción de tutela en contra de las decisiones judiciales que dejaron en firme la notificación por aviso de una demanda que CEDELCA interpuso en su contra, en el marco de un proceso de rendición provocado de cuentas.
Esta decisión supuso que la contestación de la demanda por parte de la accionante fuera declarada extemporánea por lo que, en aplicación del artículo 379-2 del Código General del Proceso, se ordenó a esta sociedad a rendir cuentas de acuerdo con la estimación de las pretensiones hechas por la parte demandante.
Se aborda temática relacionada con: 1º.
La procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y, 2º.
El requisito de relevancia constitucional.
Por no cumplir el precitado requisito La Corte declaró que la solicitud de amparo resultó IMPROCEDENTE.
Concluyó además que, la acción de tutela contra providencias judiciales resulta improcedente cuando es utilizada para reabrir un debate legal.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos que se había dispuesto en la presente acción.
- SEGUNDO. REVOCAR las sentencias proferidas el 5 de febrero de 2020 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en primera instancia, y el 26 de noviembre de 2019 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, que negaron el amparo. En su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela promovida por la Compañía de Electricidad del Cauca S.A.S. E.S.P. en contra del Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Popayán y la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Popayán, por lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia.
- TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.