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Tutela ruling (T)June 10, 2022

T-210 de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Virginia Castañeda Tellez Y Otros·Respondent Tribunal Administrativo De Casanare

✓
Topic · hard data
Aplicación Del Término De Caducidad De La Acción De Reparación Directa Por Comisión De Delitos De Lesa Humanidad.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Interpretacion Adecuada Del Imperio De La Ley
  • Debe entenderse referida a la aplicación del conjunto de normas constitucionales y legales, valores y objetivos, incluida la interpretación jurisprudencial de los máximos órganos judiciales
Sentencia De Unificacion Jurisprudencial
  • Alcance
  • Categoría especial de providencia proferida por el Consejo de Estado
Precedente Judicial Horizontal Y Vertical
  • Alcance y carácter vinculante
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa
  • Confirma improcedencia por no configurarse los defectos alegados en relación con el cómputo del término de caducidad
Precedente Judicial
  • Jueces pueden apartarse si exponen razones que justifiquen su decisión
  • Definición
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
10 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En este caso se interpone la acción de tutela en contra de la decisión judicial de segunda instancia adoptada al interior de un proceso de reparación directa interpuesta en contra de la Nación, con el objeto de que se declarara la responsabilidad de ésta en un caso asociado con la supuesta ejecución extrajudicial de un familiar de los demandantes por parte de miembros del Ejército Nacional.

La precitada acción se formuló once años después de ocurridos los hechos y el juez de primera instancia declaró la caducidad de la acción, con base en el precedente fijado en una sentencia de unificación de la Sección Tercera del Consejo de Estado, proferida a comienzos del año 2020.

Con el mismo precedente jurisprudencial la autoridad judicial cuestionada confirmó el fallo de primera instancia.

Luego de verificar los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales, se abordó el análisis de los siguientes temas: 1º.

La vinculatoriedad del precedente de unificación de las Altas Cortes. 2º.

El término de caducidad de la acción de reparación directa en hechos relacionados con delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio según la jurisprudencia de unificación del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional y; 3º.

Los efectos temporales de la sentencia de unificación que sirvió de base para adoptar el fallo censurado (reiteración de la Sentencia T-044/22).

Por no encontrar vulnerados los derechos alegados, la Sala Quinta de Revisión decidió confirmar la decisión de instancia de NEGÓ el amparo invocado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela de segunda instancia emitida por la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado, que amparó la acción de tutela interpuesta por Flor Alba Vega, Virginia Castañeda Téllez, Ángela Yulieth Cardozo Castañeda, William Ferney Castañeda Téllez, Luis Eduardo Cardozo Vega, Martha Isabel Cardozo Vega, Edilma Cardozo Vega, Alberto Cardozo Vega, María Leticia Cardozo Vega, Luz Marina Cardozo Vega, Mercedes Cardozo Vega y José Isidro Cardozo Vega, a través de apoderado. En su lugar, CONFIRMAR la sentencia de tutela de primera instancia emitida por la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado que negó el amparo, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
  3. Comuníquese y cúmplase,
  4. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  5. Magistrada
  6. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  7. Magistrada
  8. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  9. Magistrada
  10. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.