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Tutela ruling (T)October 23, 2014

T-789 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Martha Victoria Sáchica Méndez

✓Claimant Ana Deiba Alzate De Correa·Respondent Colpensiones

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Para Reconocimiento De Pension De Invalidez
  • Procedencia excepcional cuando medio judicial no resulte idóneo o para evitar perjuicio irremediable
  • Procedencia excepcional por estado de indefensión o debilidad manifiesta aun cuando exista otro medio de defensa judicial
Pension De Invalidez
  • Requisitos para el reconocimiento según Ley 860 de 2003
  • Caso en que madre de hija inválida de nacimiento, realizó aportes a través del Fondo de Solidaridad Pensional, a favor de la accionante en situación de discapacidad
  • Reglas establecidas por la Corte Constitucional para determinar la fecha de estructuración de la invalidez en los casos de enfermedad degenerativa, crónica o congénita
Afiliados Al Sistema General De Pensiones
  • Aportes podrán ser realizados por terceros a favor del afiliado sin que tal hecho implique por sí solo la existencia de una relación laboral, según parágrafo del art. 15 de la ley 797/03
Derecho A La Pensión De Invalidez
  • Inaplicación del requisito de 50 semanas cotizadas con anterioridad a la fecha de estructuración para reconocimiento de pensión a accionante, inválida de nacimiento a quien a nombre de ella la madre realizó aportes al sis
Pension De Invalidez Por Riesgo Comun
  • Aplicación de excepción de inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 860/03
Pension De Invalidez Y Minimo Vital
  • Orden a Colpensiones reconocer y pagar la pensión de invalidez a la accionante, a quien a nombre de ella la madre realizó aportes al sistema durante 15 años
8 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se aduce que Colpensiones vulneró los derechos fundamentales a la seguridad social y a la vida digna de una persona que desde su nacimiento presenta una discapacidad superior al 50%, por lo que fue declarada judicialmente en interdicción judicial indefinida, al negarle el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, a pesar de contar con las semanas de cotización al Sistema, en tanto su progenitora, con posterioridad a la fecha de estructuración de la invalidez y sin que existiera una relación laboral, logró afiliarla en el Fondo de Solidaridad Pensional – Programa de Subsidio al Aporte de Pensión”, cotizando a su nombre como independiente y durante quince años, un total de 736.71 semanas.

Se analiza temática referente a la procedencia excepcional de la acción de tutela cuando existen otros medios de defensa judicial; el derecho fundamental a la seguridad social y, el régimen legal, reglamentario y jurisprudencial para otorgar pensión de invalidez vía tutela.

La Sala, en virtud de garantizar el derecho a la igualdad de las personas discapacitadas por nacimiento, al igual que el derecho fundamental e irrenunciable a la seguridad social y el perjuicio que éste irroga sobre el mínimo vital, CONCEDE la tutela deprecada inaplicando por inconstitucional, el numeral 1º del artículo 39 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 1º de la Ley 860 de 2003.

Con base en lo anterior, ordena a Colpensiones reconocer y pagar la prestación reclamada.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de 4 de abril de 2014, proferida por el Juzgado 1deg Civil del Circuito de Cartago, Valle del Cauca y, en su lugar, CONCEDER por las razones y en los terminos de esta sentencia, el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, al minimo vital y a la igualdad respecto de la accionante Maria Consuelo Correa Alzate.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la Resolucion Numero GNR 035189 de 13 de enero de 201, mediante la cual COLPENSIONES nego el reconocimiento de la pension de invalidez solicitada por la senora Maria Consuelo Correa Alzate.
  3. Tercero. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES- que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reconozca y pague la pension de invalidez a favor de la ciudadana Maria Consuelo Correa Alzate (C.C. 31.423.994), la cual sera administrada por sus curadoras generales legitimas, de acuerdo con lo dispuesto en la parte motiva de esta sentencia, aclarando que puede abstenerse de pagar las mesadas que hayan prescrito.
  4. Cuarto. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceMaría Victoria Calle Correa
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 30cited by 31 →T-789/14T-043/07 · cited 362 timesT-043/072007C-428/09 — Requisito De Semanas De Cotizacion Para Pension De Invalidez. Aumento En El Número De Semanas No Vulnera Principio De Progresividad Del Dere · cited 303 timesC-428/092009T-1291/05 · cited 203 timesT-1291/052005C-1056/03 — Ley 797 De 2003. Arts. 11 17 18 21 22 Y 23. Reforma Sistema General De Pensiones. Ley 100 De 1993. Regimenes Pensionales Exceptuados Y Espec · cited 199 timesC-1056/032003T-221/06 · cited 198 timesT-221/062006T-658/08 · cited 118 timesT-658/082008T-561/10 · cited 115 timesT-561/102010T-721/12 · cited 95 timesT-721/122012SU.588/16 — Pension De Invalidez De Persona Con Enfermedad Cronica, Degenerativa O Congenita. Se Debe Tener En Cuenta Todas Las Semanas De Cotizacion · cited 86 timesSU.588/162016T-308/16 — Derecho A La Pension De Invalidez. · cited 43 timesT-308/162016T-153/16 — Pension De Invalidez Respecto De Enfermedades Cronicas, Degenerativas O Congenitas. Fecha De Estructuracion De Invalidez Igual O Cercana Al · cited 41 timesT-153/162016C-105/18 — Pensión De Invalidez Por Enfermedad. Requisitos Para Obtenerla. · cited 32 timesC-105/182018T-057/17 — Pension De Invalidez. Requisitos. · cited 29 timesT-057/172017T-591/17 — Contrato De Seguros. Naturaleza Juridica Y Limites Constitucionales. · cited 27 timesT-591/172017T-235/15 · cited 27 timesT-235/152015T-240/19 — Pension De Invalidez. Reiteración Reglas Establecidas En Sentencia Su.588/16, Sobre Valoracion De La Capacidad Laboral Residual. · cited 23 timesT-240/192019
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.