T-596 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alfredo Beltrán Sierra
✓Claimant Rodrigo Arizmendi Valencia Vs. Oficina De Bonos Pensionales Del Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Criterios para reconocimiento de pensiones cuando media la exigencia de un bono pensional
- Procedencia por vulneración al mínimo vital
- Expedición y emisión
- Pronta tramitación
- Demora en expedición vulnera el derecho a la vida, el mínimo vital y la seguridad social
- Término para expedirlos
- No puede haber demora injustificada en su reconocimiento
- Fundamental por conexidad
- Vulneración por trámites administrativos dispendiosos en el reconocimiento de la pensión
- Etapas administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la vida digna al salario minimo y a la seguridad social de persona que cumplio con los requisitos legales y a quien no le han reconocido la pension por estar pendiente la emisión del bono pensional clase b por parte del ministerio de hacienda y credito publico.
Solicita se ordene el reconocimiento de la pension y la expedición del bono pensional.
Procedencia de la tutela frente a la expedicion de bonos pensionales.
Procedencia de la tutela para pension de jubilacion.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCASE la Sentencia del 1o de marzo de 2005, proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez revoco la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin de fecha enero 28 de 2005, que concedio la accion de tutela interpuesta por el senor Rodrigo Arizmendi Valencia contra el Instituto de Seguro Social, y el Ministerio de Hacienda y Credito Publico. En su lugar, CONCEDASE el amparo solicitado, en los terminos expresados en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. En consecuencia, ORDENASE al Vicepresidente de Pensiones del Seguro Social o a quien haga sus veces, que si aun no lo hubiere hecho, en el termino de 48 horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, realice las gestiones necesarias para garantizar el reconocimiento y pago de la pension de jubilacion, a la que pueda tener derecho el actor.
- Tercero. ORDENASE al Ministerio de Hacienda y Credito Publico- Oficina de Bonos Pensionales que en coordinacion con el municipio de Bello (Antioquia), realice las gestiones necesarias para que en el termino de 48 horas decida sobre la expedicion del bono pensional del senor Rodrigo Arizmendi Valencia.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.