T-566 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Juan Bautista Navarro Mojica Como Agente Oficioso De Su Padre Vs. Coomeva
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se pueden agenciar derechos ajenos cuando el titular de los mismos no esté en condiciones de promover su propia defensa
- Criterios para autorización de medicamentos o realización de determinado tratamiento
- Funciones
- Carácter prestacional
- Fundamental por conexidad
- Requisitos para suministro de medicamentos excluidos del POS
- Contenido esencial
- Implica subsistencia en condiciones dignas
- No se restringe a simple existencia biológica
- Hijo en representación de padre enfermo
- Persona internada en hospital
- Improcedencia cuando no existe orden de prescripción de medicamento
- Alcance
- Contenido
- Prestación y continuidad de los servicios médicos
- Práctica gamagrafía
- Alcance debe ser definido por profesionales de la salud y en su defecto a través de método jurídicos de interpretación
- Contenido
- Interpretación constitucional de exclusiones y limitaciones
- Inaplicabilidad normas de inferior jerarquía
- Criterio de necesidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud y la vida de persona de la tercera edad que sufre diabetes problemas renales y de circulacion y le fue identificado una salmonella con sospecha de espondilolistesis por lo que le fue ordenada la practica de una gamagrafia con leucocitos marcados que es un examen de diagnostico indispensable.
El examen le fue negado por la entidad aduciendo que se encontraba excluido del pos.
Solicita se ordene la practica del examen de diagnostico.
Legitimacion en la causa para promover la presente accion de tutela.
Teniendo en cuenta que el titular de los derechos no estaba en condiciones de reclamar la proteccion por su propia cuenta no hay duda de la legitimacion por activa para promover el amparo constitucional a nombre de su padre.
El derecho a la salud como derecho fundamental y su proteccion por via de la accion de tutela.
Contenido del plan obligatorio de salud exclusiones y delimitaciones.
Interpretacion constitucional al regimen de exclusiones y limitaciones del pos.
La corte considera que para dar aplicación a las limitaciones y exclusiones inherentes a los servicios del pos es necesario que las empresas prestadoras de salud a través de los profesionales médicos sustenten las razones que los llevan a colegir que un procedimiento tratamiento o medicamento determinado se encuentra por fuera de la cobertura del pos sustento que debe basarse en su saber médico y en la normatividad vigente en materia de servicios de salud de tal suerte que la carga de la prueba respecto de la no cobertura del pos de cierto servicio médico queda radicado en cabeza de los profesionales de la salud toda vez que esta exigencia no puede hacerse a los particulares dado el carácter técnico de este tipo de regulaciones.
Dada la ausencia de controversia directa de las pretensiones del accionante y por virtud de la falta de fundamento jurídico para afirmar que el examen de gamagrafía de leucocitos marcados se encuentra por fuera de la cobertura del pos la corte concluye que dicho procedimiento debe ser prestado por coomeva e.p.s.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR parcialmente la Sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Nueve Civil Municipal de Bogotá.
- SEGUNDO. TUTELAR los derechos a la salud y a la vida del accionante en relación con el examen de gamagrafía de leucocitos marcados y, en consecuencia, ORDENAR a Coomeva E.P.S. que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, practique dicho examen a cargo de sus propios recursos.
- TERCERO. NO TUTELAR los derechos a la salud y a la vida del accionante en relación con el suministro del medicamento Trental.
- CUARTO. Líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.