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Tutela ruling (T)July 21, 2013

T-491 de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Luz Mary Guerrero Prieto Y Otra·Respondent Iss Y Otro

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela Para Reconocimiento De Pensión De Sobrevivientes
  • Procedencia excepcional cuando afecta derechos fundamentales
  • Reglas jurisprudenciales para determinar la procedencia excepcional
Agencia Oficiosa
  • Legitimidad cuando una persona se encuentra en estado de debilidad manifiesta
Derecho A La Sustitucion Pensional Y Minimo Vital De Hijo Invalido
  • Protección constitucional como mecanismo definitivo de hija con enfermedad mental desde la niñez
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Se debió precisar fecha a partir de la cual deben reconocerse las sustituciones pensionales
  • Vulneración por el ISS al negar reconocimiento por no acreditar dependencia económica del causante
  • Orden a Colpensiones tener en cuenta para el reconocimiento que la accionante se encuentra en el primer grupo, según auto 110/13
  • Protección constitucional como mecanismo transitorio para proteger mínimo vital
Pension De Sobrevivientes
  • Sentencia C-111/06 declaró inexequible la expresión “de forma total y absoluta” en relación con la dependencia económica
Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela
  • Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Accion De Tutela En Materia De Pension De Sobrevivientes
  • Podrá otorgarse de manera transitoria o definitiva si de la evaluación del caso se deduce la procedencia
Perjuicio Irremediable
  • Elementos para que se configure
Sustitucion Pensional Para Hijos Invalidos
  • Dependencia económica no significa carencia total y absoluta de ingresos por parte de los padres o de quien solicita la sustitución pensional
Dependencia Economica
  • Reglas para determinarla
11 topics · 17 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Dignidad humana, mínimo vital, seguridad social.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

En los asuntos analizados se alega vulneración de derechos fundamentales por parte de la las entidades que negaron el reconocimiento y pago de una pensión de sobrevivientes a personas que les dictaminaron una pérdida de la capacidad laboral por encima del 50% y que se encuentran en circunstancias de debilidad manifiesta.

La negativa se fundamentó de una parte, en la falta de claridad de la fecha de estructuración de la incapacidad, en tanto en el certificado de calificación se utilizó la expresión “desde la infancia” y, de otra, porque no se acreditó la dependencia económica.

Se reitera jurisprudencia constitucional relacionada con: 1º.

Los requisitos de procedencia de la acción de tutela, en concreto frente a aquellos que han sido exigidos por la Corporación para el reconocimiento de derechos prestacionales y, 2º.

La naturaleza y alcance de la pensión de sobrevivientes y los requisitos previstos en la ley para proceder a su reconocimiento, cuando se está en presencia de hijos en estado de invalidez.

SE CONCEDEN.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 24 de julio de 2012 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala de Decision Constitucional, en la que se confirmo el fallo del Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito de la misma ciudad que declaro la improcedencia de la accion de tutela y, en su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales a la vida digna, al minimo vital y a la seguridad social de la senora Luz Mary Guerrero Prieto
  3. SEGUNDO. SUSPENDER los efectos de las Resoluciones Nos. 11953 de 2011 y 3435 de 2012, proferidas por el Instituto de Seguros Sociales (ISS), que negaron el reconocimiento y pago de la pension sustitutiva a favor de la senora Luz Mary Guerrero Prieto, hasta tanto la jurisdiccion ordinaria en lo laboral se pronuncie de forma definitiva sobre el derecho pensional en discusion.
  4. TERCERO. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales (ISS), que dentro de los tres (3) dias siguientes a la comunicacion de este providencia, si aun no lo hubiere hecho, envie a COLPENSIONES el expediente de la sustitucion pensional del senor Alvaro Guerrero, identificado con cedula de ciudadania No. 6.546.956 de Bogota.
  5. CUARTO. ORDENAR al COLPENSIONES, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que dentro del termino de cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta providencia o a la recepcion del expediente pensional, si aun no lo ha realizado, proceda a expedir la resolucion de reconocimiento y pago de la pension sustitutiva que le corresponda a la senora Luz Mary Guerrero Prieto, en su condicion de hija invalida del fallecido pensionado Alvaro Guerrero, hasta tanto la jurisdiccion ordinaria en lo laboral se pronuncie de forma definitiva sobre el derecho pensional en discusion. Para la instauracion de la respectiva accion, la senora Guerrero Prieto cuenta con un termino cuatro (4) meses, contados a partir de la notificacion del presente fallo, so pena de que cesen sus efectos.
  6. QUINTO. REVOCAR la sentencia del 27 de agosto de 2012 proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, Sala Penal, en la que se confirmo el fallo del Juzgado 9 Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de la misma ciudad que declaro la improcedencia de la accion de tutela y, en su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales al minimo vital, a la vida digna y a la seguridad social de la senora Ana Adiela Giraldo Giraldo.
  7. SEXTO. DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones UGM046501 del 17 de mayo de 2012 y UGM049847 del 15 de junio de 2012, proferidas respectivamente por la Caja Nacional de Prevision Social (CAJANAL) en Liquidacion y por la Unidad Administrativa Especial de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccion Social (UGPP), que negaron el reconocimiento y pago de la pension sustitutiva a favor de la senora Ana Adiela Giraldo Giraldo.
  8. SEPTIMO. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccion Social (UGPP), por conducto de su representante legal o de quien haga sus veces, que proceda a expedir en forma definitiva la resolucion de reconocimiento y pago de la pension sustitutiva que le corresponda a la senora Ana Adiela Giraldo Giraldo, en su condicion de hija invalida del fallecido pensionado Raul de Jesus Giraldo Palacio, en el termino de cinco (5) dias siguientes a la notificacion de la presente providencia.
  9. OCTAVO. LEVANTAR la suspension de terminos ordenada en el presente proceso.
  10. NOVENO. LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 100cited by 63 →T-491/13C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993SU.995/99 — Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales Docentes Plato Magdalena. Concedida. · cited 973 timesSU.995/991999T-315/05 · cited 555 timesT-315/052005T-384/98 — Der. Al Minimo Vital. Controversias Entre Entidad De Riesgos Profesionales Y Empresa Para El Cubrimiento De Pension De Sobrevivientes. Conce · cited 404 timesT-384/981998T-789/03 — Derechos A La Igualdad Familia Minimo Vital Y Seguridad Social De Compañera Permanente. Solicitud Pension De Sobreviviente De Mayor Retirado · cited 380 timesT-789/032003SU.975/03 — Derecho A La Igualdad. Nivelacion O Reajuste Pensional Para Exmagistrados En Cuantia Equivalente A La De Congresistas. Concedida Parcial. · cited 354 timesSU.975/032003T-317/15 · cited 138 timesT-317/152015T-087/18 — Pension De Sobrevivientes Para Compañera Permanente Cuando Estado Civil Del Causante Es Casado. · cited 91 timesT-087/182018T-391/18 — Accion De Tutela En Materia De Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada. Improcedencia Por Incumplir Requisitos. · cited 76 timesT-391/182018T-307/17 — Derecho A La Sustitucion Pensional De Compañero Permanente. · cited 71 timesT-307/172017T-104/18 — Pension De Invalidez Y Fecha De Estructuracion De Perdida De Capacidad Laboral. · cited 46 timesT-104/182018T-195/17 — Derecho A La Sustitucion Pensional De Hijo En Situacion De Discapacidad. · cited 45 timesT-195/172017SU.556/19 — Unifica Reglas Jurisprudenciales Sobre Subsidiariedad De La Accion De Tutela Cuando Se Pretende El Reconocimiento Y Pago De La Pension De In · cited 42 timesSU.556/192019T-350/16 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada Con Contrato De Prestacion De Servicios. · cited 37 timesT-350/162016
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.