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Tutela ruling (T)March 31, 2017

T-195 de 2017

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Antonio Cepeda Amarís

✓Claimant Elkin De Leon Toro Y Otro·Respondent Gobernacion De Antioquia Y Otro

✓
Topic · hard data
Derecho A La Sustitucion Pensional De Hijo En Situacion De Discapacidad.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Seguridad Social
  • Reconocimiento del carácter fundamental en el ámbito internacional
  • Servicio público de carácter obligatorio y derecho irrenunciable
Derecho A La Pension
  • Es imprescriptible
Sustitucion Pensional O Pension De Sobrevivientes
  • Acreditación de la dependencia económica
  • Beneficiarios
  • Régimen jurídico
Derecho A La Sustitucion Pensional De Hijo En Situacion De Discapacidad
  • Orden de reconocer 100% de la sustitución pensional a favor de hijo en situación de discapacidad
Enfermedades Degenerativas, Cronicas O Congenitas
  • Determinación de fecha de estructuración de pérdida de capacidad laboral
Agencia Oficiosa En Tutela
  • Se pueden agenciar derechos ajenos cuando el titular de los mismos no esté en condiciones de promover su propia defensa
  • Requisitos
Sustitucion Pensional Y Pension De Sobrevivientes
  • Comparten la misma finalidad de protección al mínimo vital de las personas que dependían del causante
  • Diferencias
Derecho Fundamental A La Seguridad Social
  • Reiteración de jurisprudencia
Sustitución Pensional
  • Requisitos que debe acreditar el hijo en situación de discapacidad para ser beneficiario
13 topics · 16 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En dos acciones de tutela presentadas de manera independiente se atribuye a las entidades demandadas la vulneración de derechos fundamentales, como consecuencia de negar el reconocimiento de la sustitución pensional a personas en situación de discapacidad y con un porcentaje de pérdida de capacidad laboral superior al 50%.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

La agencia oficiosa. 2º.

Los presupuestos procesales y sustanciales para el reconocimiento y pago de derechos pensionales a través de la acción de tutela. 3º.

El derecho a la seguridad social como derecho fundamental. 4º.

El régimen jurídico del derecho a la sustitución pensional, su diferencia con la pensión de sobreviviente y la relación con el debido proceso administrativo. 5º.

La imprescriptibilidad de los derechos pensionales y, 6º.

La determinación de la fecha de estructuración de la pérdida de capacidad laboral en relación con enfermedades crónicas, degenerativas o congénitas.

En ambos casos se CONCEDE el amparo solicitado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Trece Laboral del Circuito de Medellin y confirmada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellin, que resolvio negar la accion de tutela promovida por el agente oficioso de Jose Nelson de Leon Toro, y en consecuencia, CONCEDER la tutela de sus derechos fundamentales.
  2. Segundo. ORDENAR a la Direccion de Prestaciones Sociales y Nomina del Departamento de Antioquia que, en el termino de cinco (5) dias siguientes a la notificacion de la presente sentencia, proceda a expedir en favor del senor Jose Nelson de Leon Toro la resolucion de reconocimiento del 100% de la sustitucion pensional en calidad de hijo invalido del senor Jose Leon de Leon Correa, reconociendo el pago de las mesadas que no hayan prescrito, de conformidad con el articulo 488 del Codigo Sustantivo del Trabajo. Lo anterior, siempre que las mesadas no coincidan con las recibidas por la senora Liberata de Jesus (quien las recibio hasta noviembre de 2014), pues de no ser asi se estaria realizando un doble pago respecto de un mismo derecho.
  3. No obstante, para efectos de ser incluido en nomina y proceder a su pago, se ORDENA al senor Elkin de Leon Toro que dentro de los ocho (8) dias siguientes a la notificacion de la presente sentencia, inicie el proceso de interdiccion judicial de Jose Nelson de Leon Toro, para lo cual podra solicitar que se designe un curador provisional mientras se dicta la sentencia definitiva. Una vez admitida la demanda, debera remitir a la Direccion de Prestaciones Sociales y Nomina del Departamento de Antioquia copia del auto en el que conste la persona designada para ejercer la interdiccion provisional.
  4. Tercero. ORDENAR a la Direccion de Prestaciones Sociales y Nomina del Departamento de Antioquia que dentro de los cinco (5) dias siguientes a la recepcion del auto en el que se decrete la interdiccion provisoria, se incluya en nomina la sustitucion pensional de Jose Nelson de Leon Toro, dejando pendiente el desembolso del retroactivo pensional hasta cuando se presente la sentencia definitiva en el proceso de interdiccion y se tome posesion del cargo por parte del curador o se acompane copia del registro civil con dicha anotacion.
  5. Cuarto. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  6. Tercero. Laboral del Circuito de Bucaramanga y confirmada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bucaramanga, que resolvio negar la accion de tutela promovida por la senora Teresa de Jesus Rueda Montanez, y en consecuencia, CONCEDER la tutela de sus derechos fundamentales.
  7. Quinto. ORDENAR al Departamento de Santander-Fondo de Pensiones Territorial que, en el termino de cinco (5) dias siguientes a la notificacion de la presente sentencia, proceda a expedir en favor de la senora Teresa de Jesus Rueda Montanez la resolucion de reconocimiento del 50% de la sustitucion pensional en calidad de hija invalida del senor Luis Emilio Rueda Suarez, correspondiendo el otro 50% a su senora madre, Adelaida Montanez de Rueda.
  8. Se advierte que la senora Teresa de Jesus no tiene derecho al retroactivo pensional en tanto el Fondo de Pensiones Territorial de Santander ha venido reconociendo a la senora Adelaida Montanez de Rueda el 100% de la sustitucion pensional a su cargo, por lo que una orden en ese sentido implicaria la imposicion de un doble pago por un mismo derecho.
  9. Sexto. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Appears in the rulingN1 · hard data
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 65cited by 45 →T-195/17SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-158/06 · cited 559 timesT-158/062006C-251/97 — Ley 319/96. Protocolo Adicional A La Conv. Americana De Ders. Humanos En Materia De Ders. Economicos Sociales Y Culturales. Exequible. · cited 328 timesC-251/971997SU.391/16 — Accion De Tutela Contra Las Actuaciones Del Presidente De La Republica Y El Congreso, Respecto A Equilibrio De Poderes. Improcedencia Por In · cited 271 timesSU.391/162016T-246/15 · cited 268 timesT-246/152015C-789/02 — Regimen De Transicion En Pensiones. Traslado Nuevamente Al Régimen De Prima Media · cited 261 timesC-789/022002C-168/95 — Ley 100/93. Arts 11 Y 36 Parciales. Y 288. Campo De Aplicacion. Regimen De Transicion. Exequibles E Inexequibles. · cited 259 timesC-168/951995C-111/06 — Pension De Sobrevivientes De Hijo Fallecido. Norma Que Exige A Padres Demostrar Dependencia Económica “total Y Absoluta” Respecto A Hijo De · cited 247 timesC-111/062006T-063/18 — Pension De Invalidez. Parametros Que Determinan El Momento De La Invalidez. · cited 51 timesT-063/182018T-577/17 — Accion De Tutela Contra Providencia Judicial. Procedencia Por Defecto Procedimental Por Exceso Ritual Manifiesto Al No Conceder Prorroga Par · cited 44 timesT-577/172017T-007/19 — Derecho De Peticion Y Debido Proceso De Docente Que Denuncio Acoso Laboral. · cited 39 timesT-007/192019T-273/18 — Derecho A La Sustitucion Pensional De Hijo En Situacion De Discapacidad. · cited 39 timesT-273/182018SU.182/19 — Revocatoria Directa De Pensiones Reconocidas De Manera Irregular O Con Base En Documentacion Falsa. · cited 37 timesSU.182/192019T-008/20 — Derechos De Los Menores Que Comparecen A La Actuacion Penal En Calidad De Probables Victimas De Delitos Sexuales. · cited 33 timesT-008/202020T-683/17 — Sustitucion Pensional Para Conyuge Superstite Y Compañera Permanente. Reconocimiento Proporcional A La Convivencia, · cited 32 timesT-683/172017T-368/17 — Pension De Sobrevivientes Y Pension De Invalidez Son Compatibles. · cited 23 timesT-368/172017
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.