JurídicoESEN
Tutela ruling (T)August 21, 2020

T-346 de 2020

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Luz Marina Alvarado Gaitan·Respondent Asociacion De Madres Comunitarias Y Padres Unidos Del Programa Hogares Comunitarios De Fontibon

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Topic · hard data
Estabilidad Laboral Reforzada De Personas En Situacion De Debilidad Manifiesta E Indefension Por Deterioro Del Estado De Salud
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Presunción De Discriminación
  • Cuando el empleador, conociendo la situación, retira del servicio a una persona que por sus condiciones de salud es beneficiario de la estabilidad laboral reforzada
  • Se invierte la carga de la prueba a favor de la persona que denuncia haberla sufrido
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona Con Limitaciones Fisicas, Psiquicas O Sensoriales
  • Garantías contenidas en la Ley 361 de 1997 y jurisprudencia constitucional sobre su aplicación
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud
  • Desvinculación de madre comunitaria
  • Orden de garantizar vinculación de la accionante al Sistema en Salud y Pensiones, hasta cuando obtenga la calificación de pérdida de capacidad lab
  • Reiteración de jurisprudencia sobre protección por vía de tutela de manera excepcional
6 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La actora aduce que la entidad accionada vulneró sus derechos fundamentales al no renovar su contrato de trabajo como madre comunitaria y darlo por terminado de manera unilateral, sin que para el efecto mediara autorización especial como consecuencia de su estado de debilidad manifiesta, habida cuenta de la enfermedad que padece.

La Asociación alegó el vencimiento del plazo formalizado entre las partes y la existencia de una justa causa amparada en la enfermedad crónica de la trabajadora, en tanto su curación no fue posible durante 180 días.

Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela para proteger el derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada. 2º.

El alcance normativo del precitado derecho de quienes se encuentran en circunstancias de debilidad manifiesta o indefensión como consecuencia de sus afecciones físicas, sensoriales o psicológicas.

Se CONCEDE la protección de los derechos fundamentales a la vida digna, al mínimo vital y a la estabilidad laboral reforzada y se ordena a la accionada garantizar la continuidad de la vinculación de la peticionaria al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones mediante el pago de los respectivos aportes, por el término que esta requiera mientras se finiquita el trámite administrativo de calificación de su pérdida de capacidad laboral, con independencia de su resultado.

Lo anterior significa que dicho gravamen cesará una vez la entidad competente lleve a cabo hasta su culminación el respectivo proceso de calificación, en el cual se determine con carácter definitivo el origen y grado de su discapacidad, así como el eventual reconocimiento y pago de una prestación económica.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, el fallo proferido el 14 de febrero de 2019 por el Juzgado Veintiuno Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y, en su lugar, CONFIRMAR PARCIALMENTE el dictado el 11 de diciembre de 2018 por el Juzgado
  2. Segundo. Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, solamente en cuanto concedió la protección constitucional de los derechos fundamentales a la vida digna, al mínimo vital y a la estabilidad laboral reforzada de la señora Luz Marina Alvarado Gaitán.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Asociación de Madres Comunitarias y Padres Usuarios Manos Unidas del Programa Hogares Comunitarios de Fontibón que garantice la continuidad de la vinculación de la señora Luz Marina Alvarado Gaitán al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, mediante el pago de los respectivos aportes, por el término que esta requiera mientras se finiquita el trámite administrativo de calificación de su pérdida de capacidad laboral, con independencia de su resultado. Esto significa que dicho gravamen cesará una vez la entidad competente lleve a cabo hasta su culminación el respectivo proceso de calificación, en el cual se determine con carácter definitivo el origen y grado de su discapacidad, así como el eventual reconocimiento y pago de una prestación económica.
  4. TERCERO. LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.