JurídicoESEN
Tutela ruling (T)May 17, 2011

T-424 de 2011

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Henao Pérez

✓Claimant Karina Alvarez Camacho·Respondent Autotrucks S.A Y Otro

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Transitoria
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales por afectación del mínimo vital
Acción De Tutela
  • Improcedencia de la por hechos futuros en inciertos
Pago De Licencia De Maternidad
  • Caso en que es un hecho futuro, por cuanto al momento de la presentación de la tutela la demandante manifiesta tener 8 meses de embarazo
  • Caso en que se hace advertencia al empleador y a la EPS
4 topics · 5 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Mínimo vital.

La accionante trabajó con la empresa Autotrucks S.A por cerca de ocho meses y presentó renuncia por el incumplimiento sistemático en los pagos de la remuneración pactada, así como en la cancelación de los aportes obligatorios en salud, riesgos profesionales, pensión y demás parafiscales.

Transcurrido más de un mes después de la renuncia, la actora se enteró que tenía un embarazo de 7 meses e instaura la acción de tutela para reclamar el pago de los aportes debidos al sistema de seguridad social y de los salarios y prestaciones sociales adeudadas, así como para solicitar el reconocimiento y pago de las indemnizaciones correspondientes al despido indirecto, la mora en el pago y la licencia de maternidad.

La Sala se pronuncia sobre los siguientes aspectos: la improcedencia de la acción de tutela por hechos futuros e inciertos, su procedencia excepcional para el cobro de acreencias laborales, especialmente en los casos en los que exista una afectación al mínimo vital y la acción constitucional cuando se dirige contra particulares.

Se declara la IMPROCEDENCIA de la acción con respecto al reconocimiento y pago de la licencia de maternidad, de las prestaciones sociales adeudadas y del pago de los aportes a la seguridad social y, Se CONCEDE el amparo solicitado respecto al derecho fundamental al mínimo vital, en relación con las pretensiones de obtener el reconocimiento y pago de los salarios adeudados y la indemnización por el despido injusto.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia proferida el catorce (14) de octubre de 2010 por el Juzgado
  2. Tercero. Penal Municipal de Bucaramanga en la que se decidio negar el amparo de los derechos invocados por la peticionaria. En su lugar, declarar IMPROCEDENTE la accion de tutela con respecto a la solicitud de reconocimiento y pago de la licencia de maternidad, de las prestaciones sociales adeudadas y del pago de los aportes a la seguridad social y CONCEDER el amparo del derecho fundamental al minimo vital de la accionante, en relacion con sus pretensiones de obtener el reconocimiento y pago de los salarios adeudados y de la indemnizacion por despido injusto.
  3. Segundo. ADVERTIR a Autotrucks S.A. y a SaludCoop EPS que si el empleador no paga los aportes al sistema de seguridad social en salud o si los aportes son rechazados por extemporaneos, es el el obligado a cancelar la prestacion economica. En cambio, si el empleador cancela los aportes en forma extemporanea y los pagos son aceptados en esas condiciones por la EPS, hay allanamiento a la mora y por tanto, la entidad promotora de salud no puede negarse al pago de la licencia. Adicionalmente, el que resulte obligado al pago de la licencia de maternidad (es decir Autotrucks S.A. o Salud Coop EPS), debera proceder conforme a la sentencia T-216 de 2010, en la que se reitero que cuando el minimo vital de la madre y del recien nacido se vea afectado, se debe pagar la licencia completa cuando la madre ha dejado de cotizar hasta diez semanas. En cambio, si ha dejado de cotizar mas de diez semanas, se procedera al pago proporcional de la licencia conforme al numero de semanas cotizadas en relacion con la duracion del periodo de gestacion.
  4. Tercero. ORDENAR a Autotrucks S.A. que, dentro de los ocho (8) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, si no lo hubiere hecho, pague las quincenas del mes de junio y la primera del mes de julio de 2010, a la senora Karina Alvarez Camacho, debidamente indexadas.
  5. Cuarto. ORDENAR a Autotrucks S.A. que, dentro de los ocho (8) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, pague a la senora Karina Alvarez Camacho la indemnizacion por despido injusto, de conformidad con la parte motiva de esta sentencia.
  6. Quinto. ADVERTIR a la senora Karina Alvarez Camacho que cuenta con el termino de cuatro (4) meses siguientes a la notificacion de esta sentencia, para interponer la accion pertinente, so pena de que cesen los efectos de los numerales
  7. tercero. y
  8. cuarto. de la presente sentencia.
  9. Sexto. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 35cited by 36 →T-424/11T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993SU.995/99 — Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales Docentes Plato Magdalena. Concedida. · cited 973 timesSU.995/991999T-1316/01 — Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De E · cited 672 timesT-1316/012001C-177/98 — Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al T · cited 553 timesC-177/981998T-983/01 — Derecho Al Debido Proceso E Igualdad. Desvinculacion Del Cargo Ocupado Como Magistrado De La Sala Disciplinaria. Concurso De Meritos. Existe · cited 275 timesT-983/012001SU.342/95 — Pactos Colectivos De Trabajo. Der. A La Igualdad. Der. De Asoc. Sindical. Negociacion Colectiva. Sindicato De Leonisa. Concedida. · cited 271 timesSU.342/951995T-081/97 — Pago De Salarios Y Prestaciones Sociales Adeudados. Ejecucion Presupuestal. Monteria. Concedida. · cited 181 timesT-081/971997T-691/09 · cited 149 timesT-691/092009SU.049/17 — Estabilidad Ocupacional Reforzada En Contrato De Prestacion De Servicios. Despido De Trabajador En Incapacidad Por Accidente Laboral · cited 137 timesSU.049/172017SU.442/16 — Unificacion De Jurisprudencia En Materia De Condicion Mas Beneficiosa Aplicada A Pension De Invalidez. · cited 61 timesSU.442/162016T-040/15 · cited 55 timesT-040/152015T-276/14 · cited 44 timesT-276/142014T-214/14 · cited 40 timesT-214/142014T-100/16 — Derecho A La Salud. Suministro De Medicamentos Formulados Por Medico No Adscrito A La Red De Servicios De La Eps. · cited 32 timesT-100/162016T-327/17 — Pension De Invalidez Para Enfermos De Vih-Sida · cited 31 timesT-327/172017T-200/16 — Derecho A La Salud De Personas En Situacion De Discapacidad Y Personas De La Tercera Edad. Autorizacion De Medicamentos E Insumos Incluidos · cited 30 timesT-200/162016
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.