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Tutela ruling (T)August 6, 2020

T-298 de 2020

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Ana Margarita Peña Pablos·Respondent Uariv

✓
Topic · hard data
Derechos De Las Personas En Situación De Discapacidad, Víctimas De La Violencia, Frente Al Pago De Indemnizaciones Por Parte De La Uariv
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Discapacidad
  • Definición según la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad
Convencion Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad
  • Reglas que determina el alcance de la obligación estatal de proveer apoyos y salvaguardias para que personas con discapacidad reflejen su voluntad y sus preferencias, en ejercicio de su capaci
Proteccion Especial A Victimas Del Conflicto Armado En Condicion De Discapacidad
  • Jurisprudencia constitucional
  • Orden a UARIV pagar indemnización administrativa
6 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

A través de la figura de la agencia oficiosa se interpone la acción de tutela en favor de una persona de 34 años de edad que presenta una discapacidad total y permanente, cuyo núcleo familiar se encuentra registrado como víctima de la violencia por el hecho de desplazamiento forzado.

La actuación que se considera como trasgresora de derechos fundamentales es la negativa de la entidad financiera de entregar a la madre del accionante la indemnización administrativa que le fue concedida a éste como beneficio prioritario, a pesar de haber cumplido con el requerimiento de aportar la historia clínica correspondiente.

La entidad adujo que, en virtud del contrato interadministrativo celebrado con la UARIV, le correspondía a dicha entidad autorizar el pago cuando el beneficiario estuviera en situación de discapacidad, situación que no ocurrió en el presente asunto, por lo que procedió a devolver el dinero a dicha Unidad.

Se reitera jurisprudencia relativa a la capacidad jurídica de las personas en situación de discapacidad física, psíquica o sensorial y, se establecen las reglas relacionadas con la imposición de restricciones para el ejercicio de los derechos de estas personas, víctimas de la violencia frente al pago de indemnizaciones.

Se CONCEDE el amparo invocado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos tutelados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias del 10 de septiembre de 2019 proferida por el Juzgado
  2. Octavo. Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga, y la del 30 de octubre del mismo ano, emitida por el Tribunal Administrativo de Santander que declararon improcedente el amparo constitucional. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, a la vida digna, al minimo vital y a la capacidad juridica de Gerson Gabriel Fuentes.
  3. Segundo. ORDENAR a la UARIV que en el termino maximo de diez (10) dias, siguientes a la comunicacion de esta providencia proceda a dar aplicacion al procedimiento establecido para la toma de decisiones con apoyo y considere como primera opcion la designacion de la agente oficiosa, madre del senor Gerson Gabriel, como el apoyo idoneo para el actor, en atencion a lo indicado en la parte considerativa de esta providencia. Una vez cumplida esta orden debera comunicarla al juez de primera instancia.
  4. Tercero. ORDENAR a la UARIV que restituya el dinero de la indemnizacion que fue consignada a favor del Gerson Gabriel Fuentes Pena y lo consigne nuevamente dentro del termino maximo de dos (2) dias siguientes al vencimiento del termino indicado en el numeral anterior, debiendo el Banco desembolsarlo a la persona designada por la Unidad en un termino maximo de un (1) dia despues de su consignacion. Una vez cumplida esta orden debera comunicarla al juez de primera instancia.
  5. Cuarto. ORDENAR a la UARIV y el Banco Agrario que, en el termino maximo de un (1) dia siguiente a la notificacion de esta sentencia, se comuniquen de manera conjunta y por el medio mas eficiente, con la senora Ana Margarita Pena a efectos de indicarle de manera respetuosa, clara y precisa el tramite que se adelantara, el cual, en ningun caso, podra exceder los plazos antes establecidos. Una vez cumplida esta orden deberan comunicarla al juez de primera instancia.
  6. Quinto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.