T-350 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Claimant Tenorio Valencia John Jairo·Respondent Bancolombia S.A. Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por existir otro medio judicial
- Procedencia excepcional
- Son medios idóneos y eficaces para exigir el cumplimiento de las sentencias de tutela
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En este caso se aduce que Bancolombia S.A vulneró derechos fundamentales al negar la posibilidad de que el actor pagara la suma de dinero ofrecida telefónicamente por uno de sus asesores para realizar un acuerdo de pago respecto a un crédito hipotecario, la cual correspondía al valor del capital de la deuda luego de descontar los honorarios de los abogados, así como los intereses corrientes y de mora.
Según el peticionario, el banco le cambió las reglas de juego al no sostener la oferta que inicialmente le planteó.
Además de lo anterior el accionante solicitó suspender cualquier intento del banco para rematar su bien inmueble.
Luego de verificar los requisitos de procedencia de la acción de tutela se declara la IMPROCEDENCIA de la misma, por incumplir el de subsidiariedad y por no acreditarse la afectación de las garantías constitucionales invocados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. RECHAZAR por improcedente la solicitud presentada por el señor John Jairo Tenorio Valencia en relación con el proceso de tutela promovido en contra de la Alcaldía Municipal de Palmira y su supuesto desacato, en los términos de esta providencia.
- SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia del 18 de febrero de 2022 proferida por el Juzgado 12 Penal del Circuito de Cali (Valle del Cauca), que a su vez confirmó el fallo del 12 de enero de 2022 expedido por el Juzgado 27 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de la misma ciudad, que declaró improcedente el amparo solicitado, por los motivos expuestos en esta sentencia.
- TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.