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Tutela ruling (T)February 1, 2022

T-027 de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Alba Rocio Pico·Respondent Bancolombia Sa Y Otro

✓
Topic · hard data
Deberes De Debida Diligencia E Informacion En Cabeza De Las Entidades Financieras Y Aseguradoras
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Establecimiento De Credito
  • Obligación de remitir a sus deudores información clara y comprensible de lo que será el comportamiento de su crédito hipotecario para vivienda
Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente
  • No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
  • Configuración
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Accionada dio respuesta de fondo al derecho de petición, antes de la expedición del fallo de instancia
Deber De Informacion De Las Entidades Financieras Y Aseguradoras
  • Obligación especial de información y acompañamiento a los consumidores financieros
Perjuicio Irremediable
  • Criterios para determinar su configuración
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
9 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se atribuye a las entidades accionadas la vulneración de derechos fundamentales, como consecuencia de no hacer efectiva la póliza del seguro de vida grupo deudores relacionado con el crédito hipotecario adquirido en el año 2009.

La Sala Cuarta de Revisión advirtió que en el asunto bajo examen se configuró una carencia actual de objeto, por un lado, por hecho superado frente a la presunta vulneración del derecho de petición y, por el otro, por situación sobreviniente frente a la presunta trasgresión de los derechos al debido proceso, igualdad y vida digna de la accionante.

A pesar de lo anterior y luego de constatar que las accionadas incumplieron sus deberes de debida diligencia e información, con lo cual pusieron en riego los derechos a la vivienda, la vida digna y el mínimo vital de la accionante, a pesar de conocer la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba por cuenta de su complejo estado de salud, las previno para que, en lo sucesivo, en estricto acatamiento de lo previsto en el artículo 3 de la Ley 1328 de 2009, brinden a los consumidores financieros información cierta, suficiente, clara y oportuna, sobre sus obligaciones contractuales, y les ofrezcan alternativas orientadas a proteger sus derechos y satisfacer sus necesidades, en especial cuando se trata de sujetos de especial protección constitucional, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este fallo.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (13 points)
  1. PRIMERO. Levantar la suspensión de términos decretada en el expediente T-8.090.361.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida el 30 de noviembre de 2020 por el Juzgado
  3. Noveno. Civil del Circuito de Bucaramanga que declaró improcedente la acción de tutela. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado y por hecho sobreviniente, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
  4. TERCERO. PREVENIR a Bancolombia S.A. y a Seguros de Vida Suramericana S.A. para que, en lo sucesivo, en estricto acatamiento de lo previsto en el artículo 3 de la Ley 1328 de 2009, (i) brinden a los consumidores financieros información cierta, suficiente, clara y oportuna, sobre sus obligaciones contractuales, y (ii) les ofrezcan alternativas orientadas a proteger sus derechos y satisfacer sus necesidades, en especial cuando se trata de sujetos de especial protección constitucional, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
  5. CUARTO. LIBRAR, por la Secretaría General de esta Corte, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí previstos.
  6. Comuníquese y cúmplase,
  7. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  8. Magistrado
  9. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  10. Magistrada
  11. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  12. Magistrada
  13. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.