T-553 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Mora Pinza Orlando David·Respondent Consejo Nacional Electoral (Cne)
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Atribuciones
- Sanciones
- Titularidad
- Dimensiones
- Contenido y alcance
- Garantía que los gobernantes ejerzan el poder y ejecuten su programa de gobierno, de conformidad con el pronunciamiento mayoritario
- Estrecha relación con el derecho a elegir y ser elegido
- Límites a la aplicación de régimen sancionatorio disciplinario a sus afiliados
- Características
- Marco normativo
- Más severa cuando se trata de miembros de las Corporaciones Públicas o titulares de un cargo de elección popular
- Fundamento normativo
- Régimen disciplinario aplicable
- Autonomía del partido o movimiento político para definir los “asuntos de conciencia” que quedan eximidos de dicho régimen
- Condiciones de las sanciones
- Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
- Reiteración de jurisprudencia
- Acceso al desempeño de funciones y cargos públicos en igualdad de condiciones
- Régimen de responsabilidad y régimen disciplinario de partidos y directivas
- Establecimiento de régimen de bancadas
- Vulneración por imponer sanción disciplinaria no prevista e incongruente con los Estatutos del partido político
- Hecho superado por pretensión satisfecha
- Contenido
- Facultades sancionadoras en relación con sus afiliados en materia de doble militancia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El actor fue elegido diputado para la asamblea del departamento de Nariño por el partido Cambio Radical, en las elecciones de octubre de 2019 y para el período comprendido entre enero del 2020 y diciembre del 2023.
En marzo del 2022 el precitado partido notificó al actor sobre el inicio de un proceso disciplinario por doble militancia, indicándole que inicio el mismo por una queja anónima a la que se adjuntó una fotografía en la que aparece con su hermano en el acto de inscripción de la candidatura de éste al Senado de la República por el partido Nuevo Liberalismo, en la cual aparecían en compañía de precandidato a la presidencia de la República Juan Manuel Galán Pachón.
Como producto de dicha investigación se le impuso como sanción la pérdida total de sus derechos a voz y voto como diputado, hasta que se terminara el período para el cual fue elegido.
Esta decisión, al igual que la falta de resolución oportuna en el procedimiento administrativo tramitado ante el Consejo Nacional Electoral luego de que la impugnó y solicitó como medida provisional la suspensión de la sanción, son las que se consideran violatorias de derechos fundamentales.
Luego de proferida la decisión de segunda instancia que amparó transitoriamente los derechos del peticionario, el CNE resolvió favorablemente la impugnación que éste había interpuesto y, por ello, se declaró la configuración del fenómeno de la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.
No obstante, la Sala se pronunció sobre el contenido y alcance de los derechos fundamentales de los miembros de las corporaciones públicas, entre ellos el debido proceso, susceptibles de ser amenazados o vulnerados cuando los partidos a los que pertenecen ejercen respecto de ellos el poder disciplinario por inobservancia de las directrices de las respectivas bancadas.
Con base en dicho estudio concluyó que los derechos fundamentales al debido proceso y a la representación política efectiva del accionante, le fueron vulnerados con la sanción que le impuso el Partido Cambio Radical.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado, conforme a las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.