C-308 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Monsalve Jiménez Edgar Giovanny·Respondent Decreto Ley 633 De 1993
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Mecanismo para fomentar y facilitar el acceso a la educación
- Vulnera el derecho a la educación superior de personas de escasos recursos
- Medida regresiva
- Capitalización de intereses
- Inhibición en relación con el cargo por vulneración del derecho a la igualdad
- Fundamental y progresivo
- Obligación estatal de proveer mecanismos financieros que faciliten el acceso
- Conexidad con otros derechos de rango fundamental
- Servicio público con función social
- Alcance
- Exhorto al Gobierno Nacional para que regule el crédito educativo
- Intensidad intermedia
- Aplicación
- Análisis en sentencias integradoras
- Requisitos para su configuración
- Inexistencia
- Alcance
- Etapas de su análisis y modalidades del test de igualdad según el grado de intensidad
- Alcance
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 121, numeral 1 (parcial), del Decreto Ley 633 de 1993, por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración.
El demandante considera que la expresión “que contemplen la capitalización de intereses” desconoce el Preámbulo y los artículos 13, 20, 67, 69 y 70 de la Constitución.
Lo anterior, por la presunta vulneración del derecho a la educación y del deber del Estado de promoverla y por la presunta vulneración del principio de igualdad.
Luego, al valorar la aptitud de los cargos propuestos la Corte consideró que únicamente satisfacía estas exigencias el relacionado con el presunto desconocimiento de los artículos 67 y 69 Superiores.
En relación con dicho cuestionamiento la Sala a consideró que la posibilidad de que las entidades financieras utilicen el sistema de capitalización de intereses en materia de créditos educativos de largo plazo no desconoce lo dispuesto en los artículos precitados, ya que la medida legislativa persigue una finalidad constitucional importante, que se relaciona con el deber estatal de facilitar mecanismos financieros que hagan posible el acceso a la educación (en especial, a la educación superior), medida que es idónea y proporcional en sentido estricto para la misma, ya que no solo incentiva el acceso a la educación, sino que, en su ausencia, puede generar escenarios que sí pueden desincentivar esta pretensión.
Con base en lo anterior, se declara la EXEQUIBILIDAD de la frase demandada.
Se exhorta al Gobierno Nacional para que, en ejercicio de sus competencias y en los términos de la parte motiva de esta providencia, regule el crédito educativo para el acceso a la educación superior, sin perjuicio de que adicionalmente promueva la legislación que considere indispensable para el cumplimiento del mandato contenido en el inciso cuarto del artículo 69 de la Constitución.
What it decided
Holdings on Decreto 663/93. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresión "que contemplen la capitalización de intereses", contenida en el artículo 121 del Decreto Ley 633 de 1993, "Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración", por las razones expuestas en la parte motiva.
- Segundo. EXHORTAR al Gobierno Nacional a que, en ejercicio de sus competencias y en los términos de la parte motiva de esta providencia, regule el crédito educativo para el acceso a la educación superior, sin perjuicio de que adicionalmente promueva la legislación que considere indispensable para el cumplimiento del mandato contenido en el inciso
- cuarto. del artículo 69 de la Constitución.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.