T-184 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Maria Noemi Mejia Giraldo Como Representante Legal De Gloria Gallego Mejia·Respondent Saludcoop
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Concepto
- Fundamental
- No es competente para decidir sobre idoneidad de tratamientos y medicamentos de salud
- Valoración y tratamiento necesario e idóneo para la enfermedad de enanismo
- Protección constitucional reforzada en el ámbito interno y en el ámbito internacional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud.
La niña Gloria Gallego Mejía es una persona de condición indígena, de 11 años de edad, que se encuentra afiliada en calidad de beneficiaria a la E.P.S.
SALUDCOOP.
A la menor le fue diagnosticado enanismo, no clasificado en otra parte, lesión de línea media y cardiopatía congénita y el especialista en endocrinología, le prescribió como tratamiento de hormona de crecimiento por un año, el medicamento somatropina.
Así mismo, diligenció el formato de medicamento no POS, en el cual justificó la prescripción de la medicina señalada.
Refiere la accionada que el médico tratante modificó la fórmula del medicamento enunciado, porque no existía en la farmacia la inicialmente prescrita y que el comité técnico científico autorizó por tres meses el medicamento variado por el endocrinólogo.
Para la Sala, la actuación del juez constitucional no está dirigida a sustituir los criterios y conocimientos del médico, sino a impedir la violación de los derechos fundamentales de la paciente, por lo que declara la improcedencia de la acción, pero ordena a la E.P.S. que realice una nueva valoración médica a la menor, para establecer el tratamiento necesario e idóneo para manejar las patologías de la accionante
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR la decisión adoptada el día veintiséis (26) de octubre de 2010 por el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal para Adolescentes de Pereira-Risaralda, dentro del trámite de la acción de tutela instaurada por María Noemí Mejía en calidad de representante legal de la menor Gloria Gallego Mejía contra la Saludcoop E.P.S..
- SEGUNDO. ORDENAR a Saludcoop E.P.S. que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de este fallo, realice una valoración médica a la menor Gloria Gallego Mejía con un equipo de profesionales de la salud, entre ellos su médico tratante, el endocrinólogo Alin Abreu Lompa, con el fin de establecer: (i) si el medicamento suministrado ha sido eficaz contra la enfermedad; y (ii) definir cuál es el tratamiento necesario e idóneo para el "enanismo, no clasificado en otra parte" que padece la menor, con su correspondiente prescripción médica.
- TERCERO. Por la Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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