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Tutela ruling (T)February 15, 2011

T-091 de 2011

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Neftali Rueda Delgado·Respondent Nueva E.P.S.

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Fundamental A La Salud
  • Protección constitucional especial
Acción De Tutela
  • Criterios para determinar acceso a servicios no incluidos en el POS
Derecho Al Diagnostico
  • Orden para que se realice cada dos meses la valoración médica correspondiente
Reembolso De Gastos Medicos
  • Caso en que no procede por cuanto no se cumplen los requisitos jurisprudenciales para su reconocimiento
8 topics · 5 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Salud, vida digna.

Actuando en calidad de agente oficiosa, la accionante incoa la tutela porque su esposo de 84 años de edad, sufrió un accidente cerebro vascular isquémico que le generó una parálisis en el lado izquierdo de su cuerpo, que le imposibilita valerse por sus propios medios, por lo que requiere ayuda para realizar sus necesidades personales básicas.

Teniendo en cuenta que la agente oficiosa es una persona de 72 años de edad, solicita se le autorice los procedimientos, medicamentos, servicios y productos necesarios para brindarle al afectado una atención integral, tales como cama hospitalaria eléctrica, grúa de traslado, silla de ruedas, enfermero o cuidador 24 horas, terapias en diferentes disciplinas, pañales, crema antipañalitis, etc.

La Sala reitera jurisprudencia sobre la protección constitucional al derecho fundamental a la salud, así como la protección reforzada a la salud en sujetos de especial protección como son los adultos mayores.

Concedida.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR parcialmente la sentencia de tutela del 27 de Agosto de 2010, proferida por el Juzgado Cincuenta y Ocho Civil Municipal de Bogota D.C. mediante la cual se nego el amparo solicitado por Blanca Elvia Caro, en nombre de su conyuge, el senor Neftali Rueda Delgado. En su lugar CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales a la salud y la vida digna.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR la negativa del reembolso de los gastos en que debio incurrir la actora para la atencion del paciente Neftali Rueda Delgado y que no fueron cubiertos por la Nueva E.P.S, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. TERCERO. ORDENAR a Nueva E.P.S, Sucursal Bogota que preste el servicio de cuidador o enfermero 24 horas diarias en el domicilio del accionante, igualmente debera proporcionar los panales desechables que requiera el senor Neftali Rueda Delgado.
  4. CUARTO. ORDENAR a Nueva E.P.S, Sucursal Bogota que en el termino de 48 horas siguientes a la comunicacion de la presente providencia realice la valoracion medica al paciente Neftali Rueda Delgado para establecer la procedencia y periodicidad de las siguientes prestaciones: las terapias del lenguaje, ocupacional y fisioterapias diarias, transporte en ambulancia para llevar a control de cardiologia y demas controles que requiera, medico domiciliario al menos una vez por semana. Asi mismo, la Nueva E.P.S. debera realizar cada dos (2) meses un estudio clinico al senor Neftali Rueda Delgado con el fin de determinar la procedencia y frecuencia hacia el futuro de los servicios enunciados en este numeral.
  5. QUINTO. PREVENIR a la Nueva E.P.S., Sucursal Bogota para que, en el futuro se abstenga de incurrir en la conducta que dio origen a esta tutela y adelante las acciones de coordinacion que sean necesarias para que se le preste al demandante la atencion integral requerida por el problema de salud planteado en esta tutela.
  6. SEXTO. RECONOCER que Nueva E.P.S. tiene derecho a repetir contra el Estado, a traves del FOSYGA, para recuperar todos los gastos en los que incurra y que legalmente no le corresponda asumir, en ejecucion de los numerales
  7. tercero. y
  8. cuarto. de la parte resolutiva de esta providencia. El FOSYGA dispondra de quince (15) dias para reconocer lo debido o indicar la fecha maxima en la cual lo hara, fecha que no podra exceder de seis (6) meses una vez presentada la solicitud para el pago por las E.P.S.
  9. SEPTIMO. Por la Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.