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Tutela ruling (T)April 26, 2022

T-143 de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Juanita Maria Goebertus Estrada Y Otros·Respondent Ministerio De Salud Y Otros

✓
Topic · hard data
Habeas Data, Libertad De Locomocion, Unidad Familiar Y Privacidad Por La Descarga Y Uso Obligatorio De La Aplicacion Coronapp
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Habeas Data Mediante La Supresión De Datos Personales
  • Dilación injustificada en el debido procedimiento administrativo
Derecho Al Habeas Data
  • Alcance y contenido
  • Jurisprudencia constitucional
  • Protección de su núcleo esencial en el contexto de la pandemia COVID-19
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
Accion De Tutela Para La Proteccion Del Derecho Al Habeas Data
  • Procedencia
  • Procedencia, previa solicitud de corrección, aclaración, rectificación o actualización de información
Acción De Tutela Para La Supresión De Datos Personales
  • Improcedencia del amparo por incumplimiento del requisito de subsidiariedad, accionantes no formularon previamente solicitud de supresión de datos personales
Derecho Al Habeas Data En Tratamiento De Datos Personales
  • Eventos en que procede la revocatoria de la autorización y la supresión del dato
  • Principios y garantías constitucionales
Derecho Al Habeas Data, Libertad De Locomoción, Unidad Familiar Y Privacidad
  • Carencia actual de objeto por hecho superado, por cuanto se eliminaron protocolos de bioseguridad que exigían el uso de la aplicación CoronApp
8 topics · 12 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Las accionantes consideran que las entidades accionadas vulneraron sus derechos fundamentales al imponer la obligación de descargar y usar la aplicación CoronApp como una condición para ingresar a diferentes aeropuertos nacionales y poder hacer uso del servicio público esencial del transporte aéreo, con lo cual se infringió el régimen general de protección de datos personales en el proceso de recolección de su información personal.

Como medida provisional solicitaron que frente a una de las peticionarias se ordenara la suspensión de dicho requisito y se le permitiera el ingreso al aeropuerto, por cuanto la misma ha sido víctima de persecución por parte de entidades estatales y es beneficiaria de medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Se analizó temática relacionada con los mecanismos de protección del derecho fundamental al habeas data y se reiteraron las subreglas fijadas por la jurisprudencia de la Corporación en materia de subsidiariedad cuando se reclama la supresión de datos personales. la Sala comprobó la configuración de la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO, por cuanto, se evidenció que: (i) acaeció una variación sustancial en los hechos que dieron origen a la acción de tutela, al haberse expedido la Resolución No.777 de 2021, por medio de la cual se eliminó de los protocolos de bioseguridad del sector aeroportuario y servicio de transporte aéreo la descarga y uso de la aplicación CoronApp; (ii) dicha variación conllevó a que las pretensiones relacionadas en el escrito de tutela perdieran significado, por lo que carece de sentido cualquier orden que pudiera emitir la Corte en esta misma dirección; y (iii) la alteración en la situación planteada por las tutelantes ocurrió con ocasión de un hecho atribuible a una conducta voluntariamente asumida por el Ministerio de Salud, accionada en el presente proceso.

No obstante lo anterior, se previno al Gobierno Nacional sobre la importancia de aplicar el marco jurídico de protección del derecho al habeas data cuando requiera realizar el tratamiento de datos personales con el fin de adoptar medidas y protocolos de bioseguridad en el sector aeroportuario y aeronáutico, al igual que al INS, AND y al Ministerio de Salud para que, de manera conjunta, procedan a dar respuesta a la gestión de supresión de datos personales de las accionantes, la cual comenzó con ocasión de la presentación de la acción de tutela, pero no se demostró que hubiese concluido a la fecha de adoptarse esta decisión.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en el proceso de la referencia.
  2. Segundo. REVOCAR la decisión proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el día 18 de febrero de 2021, mediante la cual se confirmó la sentencia proferida por el Juzgado 43 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá D.C. el 11 de diciembre de 2020, en la cual se resolvió negar el amparo solicitado por las señoras Juanita María Goebertus Estrada, Alejandra Martínez Hoyos, Sol Marina de la Rosa Flórez y Claudia Julieta Duque Orrego, contra el Ministerio de Salud y Protección Social; y en su lugar, DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO, por la configuración de un hecho superado, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  3. Tercero. Con base en las razones expuestas, PREVENIR al Gobierno Nacional para que, en futuras ocasiones cuando requiera realizar el tratamiento de datos personales con el fin de adoptar medidas y protocolos de bioseguridad en el sector aeroportuario y aeronáutico, aplique la legislación estatutaria en materia de habeas data, en concordancia con las previsiones que sobre la misma ha realizado la Corte Constitucional en reiterada jurisprudencia.
  4. Cuarto. Con base en las razones expuestas, PREVENIR al Instituto Nacional de Salud, a la Corporación Agencia Nacional Digital y al Ministerio de Salud y Protección Social, en calidad de nuevo responsable del tratamiento de los datos recolectados por la aplicación CoronApp, ahora MinSalud Digital, que, en el término de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de esta providencia, respondan a la solicitud de supresión de los datos personales suministrados por las señoras Juanita María Goebertus Estrada, Alejandra Martínez Hoyos, Sol Marina de la Rosa Flórez y Claudia Julieta Duque Orrego.
  5. Quinto. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes y terceros intervinientes, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991, a través del Juzgado 43 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá D.C.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 63cited by 18 →T-143/22C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992SU.522/19 — Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situacion Sobreviniente-Accionante Decidió Voluntariamente Someterse A La Jep · cited 367 timesSU.522/192019T-170/09 · cited 292 timesT-170/092009T-585/10 · cited 279 timesT-585/102010T-211/09 — · cited 268 timesT-211/092009SU.256/96 — Der. Al Trabajo. Der. Ala Seguridad Social. Der. A La Dignidad Humana. Portador De Sida. Gun Club. Concedida. · cited 262 timesSU.256/961996T-200/13 · cited 215 timesT-200/132013C-980/10 — Comparendo E Infraccion De Transito. Notificación Por Correo No Vulnera El Debido Proceso Ni La Igualdad · cited 198 timesC-980/102010T-200/22 — Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado-Se Reconoció Pensión De Vejez. · cited 28 timesT-200/222022T-070/23 — Acción De Tutela Contra Acto Administrativo De Traslado Laboral De Servidor Público (Docente)-Concede Amparo Por Vulneración Del Derecho Fun · cited 22 timesT-070/232023T-159/23 — Acción De Tutela Para Acceder Al Programa De Ingreso Solidario-Necesidad De Una Política Pública Con Perspectiva De Género. Carencia Actual · cited 12 timesT-159/232023T-183/23 — Derecho A La Personalidad Jurídica Y Debido Proceso Administrativo-Vulneración Al Anular Los Documentos De Identidad De La Accionante. · cited 9 timesT-183/232023T-300/23 — Debido Proceso De Reclutamiento E Incorporación Al Servicio Militar Obligatorio-Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. · cited 7 timesT-300/232023T-412/23 — Principios De Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Ausencia De Enfoque Diferencial A Paciente Con Deficiencia Auditiva Que Se · cited 5 timesT-412/232023T-117/23 — Requisitos De La Agencia Oficiosa-Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situación Sobreviniente, Adulta Mayor Egresó Voluntariam · cited 5 timesT-117/232023C-406/22 — Fortalecimiento De La Seguridad Ciudadana. Acceso Por Parte De La Policía Nacional A Circuitos De Vigilancia Y Seguridad Privada. · cited 5 timesC-406/222022
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.