T-090 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Andres·Respondent Juzgado Segundo Penal Del Circuito Para Adolescentes Con Funciones De Conocimiento De Cucuta
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Permiso de estudio concedido a condenado en proceso penal ya expiró
- Caso en que Juez concedió permiso de estudio del condenado para asistir a la misma universidad donde estudia la víctima de acceso carnal
- Si bien las víctimas no están facultadas para intervenir, el funcionario judicial tiene el deber de proteger derechos de víctimas de delitos sexuales para evitar revictimización
- Dimensión negativa y positiva
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se ataca una providencia judicial mediante la cual se decidió conceder permiso para estudiar a la persona que fue declarada responsable del delito de acceso carnal en persona puesta en incapacidad de resistir, cometido en contra de una compañera de la universidad.
El accionante, en su condición de padre de la víctima, aduce que el juzgado demandado incurrió en un defecto fáctico, ya que para conceder el permiso sólo valoró la situación del procesado, sin tener en cuenta las condiciones de su hija, lo que generó que la obligara a realizar sus estudios en presencia del victimario.
Para establecer, si al proferir la providencia cuestionada el despacho accionado debió vincular a los actores a la fase de ejecución de la sentencia y, si con el permiso de estudio concedido se generó una situación de revictimización, se reiteró jurisprudencia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y se realizó una caracterización de las causales denominadas violación directa de la Constitución y defecto fáctico.
Igualmente, se estudió el tema de la participación y los derechos de las víctimas en la fase de ejecución de la sanción penal.
Teniendo en cuenta que el permiso aludido tenía un término pre- establecido, el cual venció, se declara la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO.
No obstante, se exhorta a la autoridad demandada para que en lo sucesivo, previo adoptar decisión en relación con el cumplimiento del fallo condenatorio mencionado, verifique si los derechos de las víctimas o de la sociedad pueden verse afectados y, en caso afirmativo, realizar una ponderación de la tensión que pueda surgir entre las partes.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 7 de julio de 2016, y por la Sala de Casacion Laboral de la misma Corporacion, el 24 de agosto de 2016, dentro del proceso de amparo iniciado por Andres contra el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Cucuta; y en su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto.
- SEGUNDO. EXHORTAR al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Cucuta para que en lo sucesivo previo a adoptar una decision en relacion con el cumplimiento del fallo condenatorio proferido en contra de Camilo verifique si los derechos de las victimas o de la sociedad pueden verse afectados y, en caso afirmativo, realice una ponderacion de la tension que pueda surgir entre sus prerrogativas de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- TERCERO. ORDENAR a la Secretaria General de esta Corporacion que adopte las medidas pertinentes para guardar la estricta reserva de la identidad de los involucrados en este proceso.
- CUARTO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.