C-633 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Objeciones Gubernamentales Al Proyecto De Ley 207/12 Camara Y 113/13 Senado
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Análisis formal y material
- Aplicación armónica de los principios de instrumentalidad de las formas y principio de corrección de las formas
- Pronunciamiento de fondo
- Anuncio previo de votación
- Término de dos legislaturas
- Término para formulación
- Carácter insubsanable de vicio de procedimiento
- Oportunidad en la formulación
- Requisitos generales de procedimiento legislativo
- Competencia para su formulación
- Procedimiento
- Trámite
- En la remisión de proyecto de ley con vicio formal a cámara de origen, Corte debió destacar la importancia del proyecto en la protección del sector rural
- Competencia de la Corte Constitucional
- Aplicación
- Alcance de la expresión “próxima sesión”
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Objeciones gubernamentales al Proyecto de Ley No. 207/12 Cámara y 113/13 Senado, “Por medio de la cual se crea el fondo de fomento parafiscal fiquero, se establecen normas para el recaudo y administración de la cuota de fomento fiquero y se dictan otras disposiciones”.
El Gobierno Nacional objetó por razones de inconstitucionalidad las normas precitadas, básicamente por considerar que a través de ellas se revive en el ordenamiento jurídico un precepto legal que se encontraba derogado y, por esa vía, se introduce una destinación específica respecto de un impuesto de alcance nacional, cuyo contenido no concuerda con las excepciones previstas frente a la prohibición contenida en el artículo 359 del Texto Superior, por virtud de la cual se dispone que no habrán rentas de destinación específica.
La Corte constató la existencia de un vicio de forma en el trámite ante la plenaria de la Cámara de Representantes del informe relacionado con las objeciones gubernamentales formuladas al art. 18.2 y 20 (parcial) del proyecto de ley revisado, que establece el destino del IVA para sacos de polipropileno y fibras sintéticas al fondo de fomento parafiscal fiquero.
En consecuencia, se declara la INEXEQUIBILIDAD del numeral 2 del artículo 18 y la expresión “Dejando vigente el contenido del artículo 108 de la Ley 9ª de 1993”, contenida en el artículo 20 del proyecto de Ley No. 207/12 Cámara y 113/13 Senado.
Por ser una inconstitucionalidad parcial se dispone continuar con el trámite consagrado en el último inciso del artículo 167 de la Constitución, para que, oído el ministro del ramo, se rehaga e integre el texto de la iniciativa y se envíe el proyecto a la Corporación para proferir el fallo definitivo.
What it decided
Holdings on Proyecto_ley PL-113-2013/16. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. Por las razones expuestas, declarar INEXEQUIBLE el numeral 2 del artículo 18 y la siguiente expresión del artículo 20: "Dejando vigente el contenido del artículo 108 de la Ley 9ª de 1983", previstos en el Proyecto de Ley No. 207 de 2012 Cámara, 113 de 2013 Senado, "Por medio de la cual se crea el Fondo de Fomento Parafiscal Fiquero, se establecen normas para el recaudo y administración de la cuota de fomento fiquero y se dictan otras disposiciones".
- Segundo. En virtud de lo ordenado por los artículos 167 de la Constitución Política y 33 del Decreto 2067 de 1991, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, REMÍTASE copia del expediente legislativo y de esta Sentencia a la Cámara de origen para que, oído el ministro del ramo, se rehaga e integre el texto de la iniciativa, en términos concordantes con el dictamen de la Corte. Una vez cumplido este trámite, el Congreso remitirá a la Corte el proyecto para fallo definitivo.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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